La procuradora de la Administración, Alma Montenegro de Fletcher, advirtió que sólo una modificación a la Ley 14 de 1982 sobre la custodia, conservación y administración del Patrimonio Histórico de la Nación acabará con el "saqueo" de estos bienes.
"Hasta tanto esto no se logre, todos los esfuerzos invertidos para impedir el saqueo a nuestro patrimonio histórico subacuático serán inútiles, pues el Reglamento aprobado por la Junta Directiva del INAC no tiene la ejecutoriedad de una ley formal, tal como lo exige el artículo 81 de la Carta Magna", acotó.
La opinión de la Procuradora de la Administración se dio el 19 de mayo de 1997 a raíz de una consulta realizada por el entonces director del Instituto Nacional de Cultura (INAC), José Franco sobre la administración de los bienes subacuáticos.
Indicó que el mecanismo idóneo para su aprobación es mediante la modificación de la Ley No.14 de 5 de mayo de 1982 "Por la cual se dictan medidas sobre la custodia, conservación y administración del Patrimonio Histórico de la Nación", en donde se establezca la posibilidad de la recuperación subacuática de piezas y bienes procedentes de naufragios por parte de empresas privadas, para luego ser desarrolladas (como se presenta en el proyecto de Reglamento) por medio de un Decreto Ejecutivo, respetando de esta manera la jerarquía normativa.
Sostiene que esta opinión responde a la visualización de una pirámide en la cual normas de menor jerarquía deben adecuarse a la categoría superior.