La falsificación o alteración del pasaporte, visas, la cédula o la licencia de conducir panameñas será sancionada con penas hasta de 10 años de prisión, según una propuesta de ley que aprobó la Asamblea Nacional en tercer debate.
La norma también establece que quien modifique o altere la estructura técnica de un vehículo, medio de transporte terrestre marítimo o aéreo, para destinarlo a la elaboración, almacenamiento, distribución o venta drogas será sancionado con prisión de cinco a 10 años.
Se dispone que las personas que al momento de ingresar o salir del país omitan declarar dinero en efectivo o valores por encima de diez mil balboas serán sancionados con prisión de cinco a diez años.
Esta iniciativa es producto de los acuerdos del diálogo por la Ley 30 y está pendiente la sanción del presidente de la República, Ricardo Martinelli, y la promulgación en la Gaceta Oficial para su entrada en vigencia.
La iniciativa modifica varios artículos del Código Penal.
También establece que la persona que adquiera o haga uso indebido o ilegal de estos documentos, incluyendo una visa emitida por las autoridades panameñas, la sanción será de tres a seis años de prisión.
Estas penas estaban incluidas en la polémica Ley 30 o "Ley Chorizo" y aunque en su totalidad fueron avaladas por los actores de la Mesa del Diálogo, fueron avaladas en el nuevo proyecto de ley que aprobó la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional en primer debate. Durante las sesiones del diálogo, los participantes en estas conversaciones cuestionaron el hecho de que estas iniciativas se hubieran discutido como parte de una ley de aviación.