El Proyecto de Ley 481, que dicta incentivos para el fomento de la actividad turística en Panamá, recibió aprobación en segundo debate, tras acordarse realizarle nuevas modificaciones.
Los cambios ablandaron los requerimientos para obtener los beneficios de exoneración que ofrece la ley. En el caso de la inversión mínima en el interior del país, la cifra bajó de un millón de dólares, a 250 mil y 100 mil, en zonas rurales, como las comarcas indígenas.
Igualmente, en el distrito capital se acordó disminuir la inversión mínima a ocho millones de dólares, siempre y cuando el proyecto se encuentre en construcción.
Otro cambio que recibió la ley fue la eliminación del artículo 11, que establecía el turismo nupcial. En dicho punto se establecía que las personas de nacionalidad extranjera podrían casarse en Panamá, sin tener que presentar exámenes médicos, ni de laboratorios.
El proyecto ofrece a los inversionistas exoneraciones en importaciones, impuesto sobre la renta e impuesto de inmueble.