El Órgano Ejecutivo estableció una moratoria de 90 días para el registro de armas de fuego, como preparación para la entrada en vigencia, desde mayo de 2012, de la nueva regulación de la materia.
En tal sentido, todos los ciudadanos o empresas que posean armas de fuego sin el debido registro estarán exentas, hasta el 24 de febrero del próximo año, de acompañar a su solicitud con el recibo de compra o la nota de traspaso o donación del artefacto.
La norma dispone que una vez transcurrido este periodo, las armas que no cuenten con su permiso pasarán a la Policía Nacional.