El Primer Tribunal Superior de Justicia denegó un amparo de garantías constitucionales interpuesto por la defensa del excoronel Marcos Justines, que pretendía la derogatoria de la orden que mantiene el comiso de sus bienes y cuentas bancarias por un monto cercano a los ocho millones de balboas.
De acuerdo con la decisión del tribunal, el Juzgado Noveno de lo Penal no violó el principio del debido proceso al ordenar los comisos de los bienes y cuentas del excoronel Justines, luego que fuera indultado por el Ejecutivo.
El fallo surgió luego de que el abogado Rubén Moncada Luna, representante legal de Justines, interpusiera el amparo inmediatamente después que el Segundo Tribunal Superior de Justicia confirmara el comiso de los bienes del exmilitar.
Ambas instancias coincidieron en que la extinción de la acción penal como consecuencia del indulto presidencial no impide el comiso de los instrumentos con que se cometió el hecho punible y de los efectos que de él provengan ni la responsabilidad civil derivada del mismo.
Al exmilitar se le formularon cargos por los presuntos delitos de peculado y enriquecimiento ilícito, pero fue beneficiado con un indulto presidencial que extinguió los delitos.
El Ministerio Público investigó a Justines por el desembolso irregular de 41 millones de balboas, pero se determinó que de esos dineros el 98.5% se usaron para el pago de planilla de las extintas Fuerzas de Defensa.
Sin embargo, la defensa de Justines ha argumentado que la acciones realizadas contra su cliente son violatorias de la Constitución Nacional y que constituyen una persecución.
Los procesos contra Justines y otros exmilitares se iniciaron tras la invasión de diciembre de 1989.