El impedimento solicitado por el fiscal especializado contra la Delincuencia Organizada -José Ayú Prado- fue declarado como no legal, por Anabella Jiménez Salamín (jueza suplente) del Juzgado Noveno de Circuito Penal de Panamá. Quien sostuvo que no considera que haya causal de impedimento alguna, dentro de lo previsto por el artículo 760 del Código Judicial.
La solicitud de Prado fue presentada dentro de un sumario que se han instruido por el presunto delito de blanqueo de capitales -en el están involucrados el ex presidente Ernesto Pérez Balladares, Eyda Achón Quezada, entre otros- tras aducir que el abogado Omar Solano Aparicio, quien ahora representa legalmente a Achón Quezada, existe “conexión judicial”.
Jiménez sostuvo que entre el fiscal José Ayú Prado y Solano Aparicio sí existió una relación judicial, pero la conexión se extinguió hace siete años en virtud de la culminación de un proceso civil.
El sumario contra Ernesto Pérez Balladares, Eyda Achón y otros se inició por un informe elaborado por la Unidad de Análisis Financiero (UAF), entidad que fue creada para prevenir el blanqueo de capitales y el financiamiento de terrorismo en Panamá.