La Corte Suprema de Justicia no admitió una demanda de insconstitucionalidad presentada por la Federación Nacional de Servidores Públicos (FENASEP) contra el decreto ejecutivo No 227 de 2 de julio de 2003 por el cual se fijaron nuevas tasas de salario mínimo vigentes en todo el territorio nacional, en las que no se les incluyó.
Según la Corte, los representantes de FENASEP incumplieron con el requisito del numeral 1 del artículo 2,560 del Código Judicial, que establece transcribir la disposición, norma o acto acusados de inconstitucionales.
Señala que se emitió profusa jurisprudencia indicando que el incumplimiento de los requisitos formales, indispensables por parte del demandante, no pueden ser subsanados por el tribunal, lo que determina la consecuencia inevitable de la improcedencia de la acción presentada.
El abogado Carlos Ayala Montero, en representación de FENASEP, presentó el recurso bajo el argumento que el citado decreto ordenó el aumento de los salarios mínimos para cada una de las actividades económicas del sector privado y distingue remuneraciones para la pequeña y gran empresa, pero se excluyó a los trabajadores al servicio del Estado.