Nación

No considerar quinta papeleta sería ignorar al pueblo, Rodríguez


Como "lamentable" es considerada la posibilidad que el proyecto de ley que autoriza la utilización de la quinta papeleta no pase de primer debate en la Asamblea Legislativa, debido al corto tiempo que resta por terminar el actual periodo legislativo.
Felipe Rodríguez, del Movimiento Visión 2020, dijo que esto sería ignorar la petición del pueblo de modificar la Constitución y conocer su posición por medio de la quinta papeleta.
Para esta iniciativa, que comenzó en la sociedad civil, se continúa recogiendo firmas todos los días y muchos la han defendido en la Asamblea, pero el tema ha pasado al nivel político, que es donde se dañan las buenas propuestas que impulsan los ciudadanos, aco-tó. Dijo que de forma responsable la Asamblea Legislativa debe buscar la alternativa y tratamiento del proyecto de ley para que se haga posible el clamor popular.
"La Asamblea es la instancia que le toca continuar con esto y espero no sea excluyente de ninguna de las propuestas", adujo el entrevistado.
Indicó que los legisladores deben demostrar madurez y dejar de un lado las diferencias políticas en un tema de gran interés para el país. "Aparentemente las diferencias políticas y de cara a las elecciones que vienen y su intención de captar la mayor cantidad de votos, no plantean mejores propuestas para el país y eso podría dejar engavetado el proyecto. Espero no suceda", señaló.
Rodríguez dijo que esa es una situación no deseada y que le preocupa lo que se prevé para Panamá, por la oposición que existen entre los proponentes de las alternativas en la Asamblea, que incluye la Constituyente.
Sería una desafortunada situación si de aquí al 31 de diciembre no se toma una decisión, ya que le tocará a la sociedad seguir pronunciándose, advirtió. Sin embargo, reclamó que el país no va por un buen rumbo y no quisiera estar con empresas en una sociedad que puede explotar en cualquier momento, enfatizó.
El dirigente empresarial dijo que la alternativa no avanza, pues existen intereses políticos detrás de la quinta papeleta y la posibilidad de engavetarla no representa la necesidad de cambiar la Constitución.
Felipe Rodríguez sostuvo que los actores del proyecto en ambas alternativas deben sentarse a discutirlas, y la sociedad civil debe contribuir para llegar a una solución, pues el periodo legislativo no debe concluir sin la aprobación de este proyecto.
Ellas, tal como lo hizo Angélica, podrán acudir al Registro Civil y hacer una declaración jurada donde el padre biológico voluntariamente reconozca su paternidad con anuencia de la madre y ésta justifique que el hombre del que no se ha divorciado no es el padre del menor.
Pueden también presentarse el padre legal, la madre y el padre biológico y se procede entonces con la inscripción inmediata del hijo en el acta de nacimiento.
¿Y el resto?. Otro tanto son aquellas mujeres que la legisladora manifiesta: "tuvieron una relación en la que creyeron y le vieron futuro. Al momento del embarazo la pareja dice "yo no quiero este nivel de responsabilidad" y se niega a reconocer al menor".
Hoy ellas tienen un recurso a su favor. La información proporcionada por Yániz de Arias indica que la norma podrá ser aplicada en cerca de "150 mil menores de 18 años que no han sido reconocidos".
No obstante, la ley incluyó sanciones para quienes declarando bajo la gravedad del juramento, no den el nombre del verdadero padre biológico. Enfrentarían penas de dos a cinco años de prisión por el delito de falsificación de documento públicos.
La legisladora aduce que no era su intención que la disposición se convirtiera finalmente en una "puerta por la que se conseguiría un reconocimiento de segundo categoría o que no era tan bueno como los otros".
Una vez la madre soltera rinda testimonio en el registro, se emite una boleta y se notifica personalmente al supuesto padre. Se concede un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de entonces y si cumplido ese periodo, sin causa justificada esta persona no se presenta se inscribirá al niño con el apellido del padre y de la madre.
Si por el contrario niega la paternidad, el Registro Civil llena un formulario firmado por la reclamante y el supuesto padre, que se remitirá al Juzgado Seccional de Familia o al de Niñez y Adolescencia. Inmediatamente el juez abrirá un expediente ordenando la prueba de ADN y fijando la fecha para la misma.
De resultar positiva la prueba, el niño adquiere de inmediato el apellido de la madre y el padre y éste último pagará los gastos, en caso contrario, es ella quien cancela el costo y es potestad del citado demandar a la reclamante, como detalló a El Panamá América el subdirector del Registro Civil, Anel Pérez.
Para Teresita Yániz de Arias la ley tendrá resultados interesantes. Es la primera vez en la historia de Panamá que la mujer señala al padre de la criatura. "Hasta ahora la madre debía esperar buenamente hasta que el padre lo reconociera. Ahora puede señalarlo y eso es revolucionario".
Mientras que Pérez, se inclina a pensar que con la Ley 39 de Paternidad Responsable los hombres pensarán dos veces sostener una relación pasajera con una mujer. "Esperemos que con ella haya más responsabilidad a la hora de la actividad sexual pues ahora las madres solteras disponen de un recurso valiosísimo".
Pérez reconoce que ante tanta demanda el trabajo en las oficinas a su cargo se ha duplicado, pero era de esperarse y lo entiende como un compromiso con la sociedad que requería capacitación para las nuevas funciones, tal como lo han hecho.
Sin embargo, la reducción del presupuesto asignado a la institución delimita el trabajo, sobre todo, a la hora de las movilizaciones. No disponen de vehículos para efectuar las notificaciones y los retrasos en el proceso son a veces inevitables.
A pesar de ello, para Pérez la ley ha sido una respuesta expedita para las madres de escasos recursos, quienes debían atenerse a un defensor de oficio y esperar hasta por tres años una resolución. Más importante aún es la forma gratuita y en ausencia de un abogado, con la que ahora puede abrirse formalmente el proceso especial en la esfera administrativa, sostuvo Pérez.
"Se trata de un procedimiento novedoso que busca acelerar los reclamos relacionados con la paternidad de los hijos", añade.


fecha edicion
old id
139438
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América