El ex general Manuel Antonio Noriega y el ex gerente del Banco Nacional de Panamá (BNP), Rafael Arosemena, podrán ser beneficiados con una medida cautelar de arresto domiciliario, y no tendrán que pagar sus penas en las cárceles del país, si no se modifica uno de los artículos del proyecto de reformas al Código Penal que discute la Asamblea Nacional.
Según denunció el diputado panameñista, José Blandón, la modificacion de este artículo, el proyecto aprobado en segundo debate, tanto Noriega como Arosemena al tener más de 70 años de edad, podrían ser beneficiados al permitírseles convertir sus penas de prisión en arresto domiciliario.
Explicó que a diferencia de lo propuesto por la Comisión Codificadora que establecía la aplicación de este beneficio solo para aquellas personas con condenas inferiores a los cinco años, en la modificación impulsada por los diputados oficialistas, las personas condenadas a penas superiores a los cinco años también serán beneficiados.
Noriega y Arosemena mantienen condenas con penas de cárcel superiores a los cinco años, pero con el ajuste al proyecto serían favorecidos.
El artículo en cuestión establece que: El juez, siempre que sea posible, atendiendo a las circunstancias del caso, podrá convertir la pena de prisión o de arresto de fines de semana o de días-multa, en arresto domiciliario. Y deberá, salvo circunstancias excepcionales, sustituirla cuando el sancionado se trate de una persona de 70 años o más de edad, de una mujer grávida, de quien padezca enfermedad grave o una discapacidad.