La procuradora de la Administración, Alma Montenegro de Fletcher, solicitó a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, que declaren inconstitucional el artículo 2 del Reglamento para el Cálculo de las Pensiones por Vejez, Invalidez y Muerte otorgadas por la Caja de Seguro Social, que obliga a los solicitantes a renunciar a su puesto de trabajo.
Fletcher estimó que la citada norma infringe el artículo 60 de la Constitución Nacional, debido a que este artículo obliga al asegurado a indicar una fecha de retiro para recibir el primer pago de su pensión de vejez.
La funcionaria establece que la exigencia del retiro consignada en el artículo acusado de inconstitucional, carece de fundamento legal y la junta directiva de la Caja de Seguro Social (CSS) ha excedido los límites de su Ley Orgánica al exigir por vía de reglamento, condiciones no pedidas por ésta.
El artículo 2 del Reglamento para el Cálculo de las Pensiones por Vejez, Invalidez y Muerte, establece que el ejercicio del derecho del pago de pensión de vejez se hará efectivo, una vez demuestre que el asegurado se ha retirado de la ocupación que desempeña, mediante la presentación de la terminación de la relación laboral.
Estableció que comúnmente, en términos de seguridad social, se entiende que la jubilación impone el retiro del servicio activo del asegurado, ofreciéndole a cambio un sustituto del salario. No obstante, los montos de las pensiones por vejez no satisfacen las necesidades básicas de los jubilados que se ven obligados a continuar laborando, a fin de proveerse los medios económicos indispensables para vivir mejor.