La norma utilizada por la Comisión de Credenciales de la Asamblea Legislativa para archivar las sumarias abiertas por el Ministerio Público por el presunto pago de sobornos para la aprobación del Centro Multimodal, Industrial y de Servicios (CEMIS) fue derogada por esa misma corporación hace siete meses y está recogida en la Gaceta Oficial del 16 de diciembre del 2002.
Una fuente judicial aseguró que el texto del artículo 212 del Reglamento Interno de la Asamblea establecía hasta el 16 de diciembre del 2002 la capacidad de la Comisión de Credenciales para ordenar el archivo del expediente seguido a un legislador con un informe al pleno.
Sin embargo, esta norma fue reformada mediante la Ley 57 de 11 de diciembre de 2002 y en ella se establece que la Comisión de Credenciales estudiará la denuncia contra un legislador y la enviará con su recomendación al pleno para que se vote si procede o no el levantamiento de la inmunidad.
También señala que los miembros de la Comisión de Credenciales estudiarán la documentación con consultas a la Dirección de Asesoría Legal Parlamentaria de la Asamblea, antes de la elaboración del informe.
Indica que el legislador o legisladora denunciado (a) tendrá la oportunidad de exponer su posición dentro del seno de la comisión.
Ante estas consideracionesm una fuente del Ministerio Público consideró que la Asamblea no tiene facultad para decretar el archivo de un caso penal que se encuentra en manos de la Corte Suprema de Justicia.