Nación

Nueva ley protege a los jubilados


Desde ayer los jubilados y pensionados del país gozarán de un descuento del 25% en sus cuentas de agua, electricidad y teléfono. La Ley 37, que establece normas protectoras para los jubilados y pensionados, especifica que el beneficio se dará a quienes tengan un consumo mensual de agua no mayor de B/. 30.00. El descuento de energía eléctrica será para un consumo de hasta 600 kilovatios por mes.
Para el descuento de teléfono, el jubilado o pensionado debe ser el titular de la cuenta residencial y el cargo se hará a un solo teléfono. La norma también establece que las sumas de dinero de los jubilados y pensionados del Estado y de la Caja de Seguro Social son inembargables, excepto por orden voluntaria y dentro del porcentaje permitido por ley.
Otra de las disposiciones es que los cheques no se podrán enviar a los apartados postales de las empresas comerciales o entidades financieras o bancarias acreedoras. También quienes se hayan jubilado o pensionado tienen derecho al descuento del 15% de la cuenta total por servicios de hospitales y clínicas privadas; así como a la exoneración del pago de la tasa de valorización a su propiedad, siempre que sea única y constituya su vivienda.
La Ley 37 de 10 de julio de 2001 señala que todo establecimiento público deberá mantener los descuentos en un lugar visible, y que corresponderá a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC) velar por ello, así como recibir las quejas de los beneficiarios y resolver las denuncias.
Las multas que imponga la CLICAC a quienes se nieguen a prestar los servicios en las condiciones y las tarifas establecidas, serán de B/. 50.00 y hasta B/. 5,000.00, y estas sumas ingresarán al Fondo Especial para jubilados y Pensionados (FEJUPEN).
La Ley 34, promulgada ayer en la Gaceta Oficial, establece además que la Dirección de Responsabilidad Patrimonial de la Contraloría, así como la Dirección de Aduanas, deberán aportar al FEJPUEN el 15% de los bienes rematados y de los incautados o decomisados, en cada caso. También la CLICAC deberá traspasar al FEJUPEN cada dos años, las multas y recargos que interponga, los que previamente depositará en el Banco Nacional.
Sólo queda al Ejecutivo, la tarea de reglamentar la ley, especialmente en lo referente al uso de las claves de descuento y a las comisiones que deben reconocer las empresas comerciales o las entidades financieras o bancarias por el servicio ofrecido.


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19008
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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