Una nueva reglamentación rige a las Agencias de Colocación de Gente de Mar, para cumplir con lo que dispone la legislación nacional y los convenios internacionales que sobre la materia ha suscrito la República de Panamá.
De acuerdo con las nuevas disposiciones contenidas en el Decreto Ejecutivo No. 41 expedido este mes, el servicio de colocación será gratuito para los tripulantes, por lo que no se les podrá cobrar cuota de inscripción o exigírseles retribución alguna para acceder a su colocación o alistamiento.
El armador o empleador debe pagar a la agencia de colocación por la contratación correspondiente y está prohibido traspasar este cobro al tripulante.
Corresponderá a la Dirección General de Empleo del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) autorizar el funcionamiento de estas agencias, en coordinación con la Autoridad Marítima de Panamá.
Pero la responsabilidad de fiscalizarlas y supervisarlas será el MITRADEL, y éstas no podrán subcontratar con terceros los servicios objeto de la autorización concedida.
Las agencias que se establezcan con el nuevo reglamento deberán contratar preferentemente tripulantes panameños o extranjeros casados con nacionales, o con hijos de panameños, con residencia legal y domicilio habitual en el territorio nacional, según establece el Decreto.
Se establece igualmente la obligación de informar ampliamente de las vacantes que ofrecen, especificando su duración, salario, posición a ocupar y las condiciones de trabajo, detalle que deberá constar en el contrato de trabajo.
Nuevo reglamento
Exigen ampliar las vacantes, salarios, posición, y detalles del contrato de trabajo.