A través del Decreto Ejecutivo No. 17 del 19 de enero de 2015, el Gobierno de la República de Panamá ordenó el cierre de las oficinas públicas nacionales y municipales del lunes 16 al miércoles 18 de febrero hasta la 12:30 m.d.
Las oficinas públicas restablecerán sus servicios a partir de las 12:30 m.d. del miércoles 18 de febrero de 2015.
Se exceptúan de cumplir esta norma, las oficinas públicas que por razón de la naturaleza del servicio que prestan deben permanecer funcionando, entre ellas: el Instituto de Acueducto y Alcantarillados Nacionales, los hospitales, clínicas, policlínicas, centro de salud y unidades de salud, tanto de la Caja de Seguro Social como del Ministerio de Salud, así como el Benemérito Cuerpo de Bomberos entre otras instituciones.
De acuerdo al artículo 4 del Decreto Ejecutivo, las instituciones bancarias se regirán por lo establecido en la Resolución de la Superintendencia de Bancos de Panamá. Se excluyen de esta aplicación a la Autoridad del Canal de Panamá, conforme a lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley No 19 del 11 de junio de 1997.