El Juzgado Primero de Niñez y Adolescencia de Panamá ordenó este lunes, 30 de junio, que los menores que fueron intercambiados en Hospital Santo Tomás cuando nacieron, sean colocados definitivamente en el hogar de sus padres biológicos, para que sean integrados y se mantengan con sus padres y familiares.
Así se determinó el Juzgado luego del informe emitido por el equipo de Salud Mental, cuya intervención esta reglamentada en el artículo 761 del Código de la Familia que prevee que asuntos de menores o discapacitados, es obligatoria la intervención del Equipo Interdisciplinario.
En las diligencias evaluadas, agregó que se aprecia que los niños compartieron con los padres biológicos, por tal razón el equipo interdisciplinario considera que existen las condiciones indispensables para que ambos menores sean integrados a sus familias biológicas.
Se indicó que la opinión del equipo de Salud Mental estuvo conformado por paidopsiquiatria, psicología y enfermera especializada en salud mental.
La decisión del juzgado se da en virtud del artículo 764 del Código de la Familia, que otorga facultades al juez, para que: “En cualquier estado del proceso o de la actuación, los jueces podrán ordenar las diligencias que consideren convenientes con prevalencia al interés superior del menor para mejor proveer. Las resoluciones que así dispongan serán inapelables”.