Nación

Ordenan secuestro de finca de Rodolfo “Charro” Espino


La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ordenó el secuestro de la finca 241536, adjudicada de manera irregular a Rodolfo “Charro” Espino, tío del expresidente Martín Torrijos Espino.

Esta acción se da en virtud de una petición que presentó la Procuraduría General de la Nación, que solicitó dicho secuestro a raíz de las investigaciones que adelanta esta instancia por los delitos contra la administración pública y contra la fe pública.

Esta investigación surge, tras la denuncia que presentó la Dirección General de Catastro, en agosto del 2010.

 

De acuerdo con un boletín del Ministerio Público, esta instancia llevaba dos investigaciones por estas irregularidades y las mismas fueron acumuladas, es decir, que fueron unidas en un solo expediente.

Esta comunicación se da paralela a la publicación en Gaceta Oficialde la Resolución 6 de 7 de julio de 2011, en donde el presidente Ricardo Martinelli ordenó al procurador general de la Nación, José Ayú Padro, a tomar acciones legales para anular la inscripción de la Escritura Pública 6298, de la finca 241536 y a que se investigue la inscripción de los terrenos otorgados a la Corporación Playa Blanca, representada por “Charro” Espino.

A “Charro” Espino se le adjudicaron 30 hectáreas de terreno en Punta Chame, las cuales pertenecen al Ministerio de Desarrollo Agropecuario.

 

Condena por delitos contra el ambiente.
La adjudicación de dicho terreno fue objeto de una investigación por la devastación de 22 hectáreas de costas.

Las investigaciones de este caso las realizó la Fiscalía Primera de Circuito de La Chorrera, por la supuesta comisión de delitos contra el ambiente.

Por este proceso, el Juzgado Tercero de lo Penal de La Chorrera condenó a “Charro” Espino a 34 meses de prisión y al pago de 50 mil dólares de multa. El mismo fallo advertía que la multa de 50 mil dólares se debía pagar en un plazo no mayor de un año.

 

Esta decisión fue apelada ante el Segundo Tribunal de Justicia, que confirmó la sentencia. Luego, la defensa de “Charro” Espino elevó el caso a una casación, última instancia, para refutar el citado fallo, pero la misma fue rechazada.

Sin embargo, los abogados presentaron ante el Juzgado Tercero de lo Penal una suspensión de ejecución de pena fundamentado en que su cliente cuenta con más de 75 años de edad y el mismo enfrenta una enfermedad terminal.

Dicha condición fue certificada por la defensa de “Charro” Espino.

 

Ante esta situación, el juez tercero penal, José Hoo Justiniani, accedió a suspender la ejecución de la pena de prisión y el pago de la multa impuesta.

Sobre esta decisión, el presidente del Colegio Nacional de Abogados, Rubén Elías Rodríguez, indicó que no es ilegal que el juez haya procedido de esta manera porque la legislación contempla dicha acción; sin embargo, indicó que estas medidas también deben ser aplicadas a personas de escasos recursos que se encuentran en las mismas condiciones.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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