El Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá informó este martes 13 de mayo, que el Acuerdo de homologación de licencias de conducir entre Panamá y España empezará a regir el próximo 11 de julio.
Francisco Álvarez de Soto, canciller de la República, señaló que mediante Nota Verbal, el Ministerio español de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España notificó, a través de la Embajada de Panamá, que “sobre el conocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, por parte de España se han cumplido las formalidades constitucionales”.
De esta manera ambas naciones reconocen de manera recíproca los permisos y licencias de conducir expedidos por sus autoridades a quienes tuvieran su residencia legal en estos países.
Según el acuerdo, los titulares de un permiso o licencia de conducir válido y en vigor, expedido por uno de los dos países, conducir temporalmente en el territorio del otro los vehículos a motor de las categorías para los cuales el permiso o licencia de conducción sean válidos, según su clase, durante el tiempo que determine la legislación nacional del Estado donde se pretenda hacer valer esa autorización.
El acuerdo, según la Cancillería, se fundamenta en que ambos países, las normas y señales que regulan la circulación por carretera, se ajustan a lo dispuesto por la Convención de Viena, de 8 de noviembre de 1968 y que tanto las clases de permisos y licencias de conducir, como las condiciones que se exigen y las pruebas que se realizan para su obtención en ambos Estados con homologables en lo esencial.
Las autoridades competentes para el canje de los permisos y licencias de conducir son por la República de Panamá, la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre y por España, el Ministerio del Interior, Dirección General de Tráfico.