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Panamá Avanza: resolución del TE violaba derechos humanos

El grupo señaló que la resolución que censuraba la cuña política de la "hoja en blanco", violaba el segundo párrafo del artículo 198 del Código Electoral y el artículo 37 de la Constitución Política.


Luego del pronunciamiento hecho por los magistrados del Tribunal Electoral por fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), el Movimiento Panamá Avanza aclaró que la demanda interpuestas por este grupo surge ante las supuesta violación de artículo del Código Electoral.
 
El grupo señaló que la resolución emitida por este organismo electoral donde censuraba la cuña política de la "hoja en blanco", violaba el segundo párrafo del artículo 198 del Código Electoral y el artículo 37 de la Constitución Política.
 
Igualmente, señaló que este movimiento no recibió notificación por parte de los magistrados de TE del proceso iniciado por el candidato presidencial del Partido Revolucionario Democrático (PRD), Juan Carlos Navarro, ni de la resolución.
 
Aseguran que el magistrado Pinilla rechazó la reconsideración y la apelación de plano, por lo cual el 31 de octubre presentaron una demanda por la violación a los derechos a la libertad de expresión, las libertades políticas, la no discriminación y el debido proceso, todos ellos contemplados dentro de los Derechos Humanos, cuya competencia exclusiva corresponde a la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia.
 
Concluyen, que la única razón por la cual el Movimiento Panamá Avanza recurrió


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907285
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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