Nación

Panamá debe tener cuidado en lograr sede del ALCA

Eduardo Morgan deja entrever que Estados Unidos podría presionar para firmar un tratado de información fiscal.


Un tratado de Libre Comercio no justifica la firma de un tratado de información fiscal, porque son dos cosas totalmente diferentes, señaló el jurista Eduardo Morgan, de la Asociación de Abogados Internacionales, al comentar los esfuerzos que hace el país para lograr la sede permanente del Tratado de Libre Comercio para las Américas (ALCA).
Reiteró que el sector servicio para Panamá es tan importante que habría la necesidad de estudiar la firma de un tratado de intercambio fiscal para evaluar lo que se perdería a cambio de un tratado que a lo mejor no signifique mucho para este país.
Morgan recordó que Panamá está compitiendo por la sede del ALCA con Miami, que es una ciudad estadounidense, lo que es muy serio porque todos "sabemos el peso" que tiene Estados Unidos en la materia.
De las palabras de Morgan se puede interpretar que Panamá debe tener cuidado que en el proceso por alcanzar la sede del ALCA, se ponga en juego el sector servicios en función de un posible tratado de intercambio fiscal con Estados Unidos.
En otro aspecto, Morgan indicó que es saludable para el país la aprobación de una norma que regula el otorgamiento de descuentos a los grandes usuarios de la marina mercante, porque tradicionalmente esa ha sido una práctica entre los países de registros abiertos.
A juicio de Morgan esta facultad que se le da al director de Marina Mercante no significa que se estén dando las condiciones para que se produzcan situaciones irregulares.
Esta iniciativa surgió en vista de que el registro de naves bajo el pabellón panameño enfrenta una competencia por parte de otros países que cuentan con registros abiertos de naves y tienen obligaciones fiscales menos estrictas que las que se exigen en Panamá.
La escala indica que por el registro de al menos tres naves que representen de 30.000 a 50.000 Toneladas de Registro Bruto (TRB), se le hace un descuento del 20%; en tanto que los registros de tres naves con un volumen de toneladas brutas por el orden de 50.000 a 100.000, se le otorgará un descuento del 30% sobre el costo total, mientras que si el registro de las tres naves supera las 100.000 toneladas, el descuento será por el orden de los 50%.
El artículo 1 de la norma también establece que cuando se trate de una sola nave cuya capacidad sea superior a los 100.000 TRB, podrá concederse un descuento del 50% sobre la tasa de registro, para lo cual la Dirección de Marina Mercante expedirá una resolución motivada y tendrá en cuenta el tipo de nave, el año de construcción y antecedentes del propietario con el registro panameño.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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