En la historia de Panamá, no se ha extraditado a ninguna persona asilada y esto tampoco ha generado fricciones entre naciones.
Sin embargo, en poco tiempo, Panamá deberá tomar una decisión trascendental en materia diplomática con Colombia, debido a que involucra a la asilada María del Pilar Hurtado, ex directora del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) de ese país, quien afronta una orden de captura internacional, tras ser acusada de escuchas telefónicas ilegales.
La decisión podría ser adoptada por el presidente Ricardo Martinelli, en junio próximo, cuando la canciller colombiana, María Ángela Holguín, venga a tratar el tema a Panamá.
En el Código Judicial se establece que queda a la “discrecionalidad” del Órgano Ejecutivo aprobar o rechazar la solicitud de extradición del país que pide a su ciudadano.
El director general de Asuntos Jurídicos y Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores, Vladimir Franco, explicó que una vez la Cancillería colombiana envíe formal solicitud esta debe remitirse al Ministerio Público “si es una investigación” o a la Corte Suprema de Justicia para que determine su “viabilidad”.
“La Cancillería va a explicar brevemente en esa nota por qué está solicitando la extradición y va a solicitar ahí mismo lo que se llama la detención preventiva que es pera que el proceso no sea ilusorio”, dijo.
Franco resaltó que Panamá no podrá extraditar a personas por delitos que no estén tipificados en nuestra legislación.
Proceso.
De anunciarse a Hurtado de su extradición, las autoridades colombianas tendrían 60 días para presentar la formalización de la solicitud.
En caso que sea aprobada la extradición, Panamá, a través de la Cancillería, comunicaría a su homóloga que tendría 30 días para organizarse con los gastos y custodia de la funcionaria en el gobierno de Álvaro Uribe.
Sin embargo, Martinelli ha dejado claro de manera anticipada su decisión: “María Del Pilar se queda aquí en Panamá”.