Nación

Panameños podrían obtener préstamos hipotecarios


El Organo Ejecutivo reglamentó la Ley 49 de 14 de agosto de 2001, que regula el desarrollo del programa habitacional mediante la figura de arrendamiento financiero de bienes inmuebles con promesas de compraventa, mejor conocido como "leasing habitacional".
A través del Decreto No.8, por el cual se reglamenta la ley, se busca favorecer a las personas que obtengan ingresos de actividades que forman parte de la economía informal, para que tengan acceso al crédito hipotecario para adquirir viviendas de hasta B/.25 mil.
El decreto crea la Comisión de Arrendamiento Financiero de Bienes Inmuebles, que deberá establecer políticas y programas para la promoción de proyectos sujetos a esta ley y elaborar un contrato de arrendamiento con promesas de compraventa.
También la comisión servirá de consultora para los programas habitacionales que se desarrollen dentro de la presente norma.
Establece que el promotor-arrendador levantará un inventario de los potenciales clientes y efectuará un preevaluación a fin de determinar la posible calificación de los aspirantes para estos programas habitacionales.
De igual forma, tendrá que gestionar ante las entidades financieras las opciones de financiamiento a largo plazo (hipoteca) y deberá suministrar toda la información que se requiera para los propósitos de evaluar el historial de crédito del interesado.
El reglamento aprobado por la actual administración dispone el procedimiento para la transferencia de bienes inmuebles de manos de entidades públicas a los promotores o arrendadores que participen en los programas habitacionales.


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94579
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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