Naidú Rudas, asesora legal de la Oficina de Ornato y Aseo de la Alcaldía de Panamá, señaló que las personas que incumplen con las normas que rigen la tala de árboles se le aplicarán sanciones que van desde los B/. 100.00 hasta los B/. 5, 000, como lo establece el Decreto No. 213 del 25 de marzo de 1993.
Igualmente, según la reciente Ley 5 del 6 de agosto de 2005, las personas serán castigadas hasta con cárcel, ya que la tala indiscriminada de árboles se constituye en delito ecológico, por lo que queda terminantemente prohibido la tala y poda dentro del distrito de Panamá, para aquellos que no cumplan con los requisitos que otorga tanto el ANAM en conjunto con el municipio.
Rudas mencionó que algunos de los trámites exigidos por la institución, en caso que los árboles permanezcan en servidumbre municipal y por ende ocasionen daños a terceros, se requiere que el contribuyente envíe una notapara solicitar la poda o la tala del árbol.En cuanto a las áreas privadas, se procede a llenar la solicitud de esta actividad, enviar fotografías del árbol, recibo de agua, luz o teléfono, a fin de verificar la ubicación y la propiedad.
Rudas recomendó a la ciudadanía tomar conciencia sobre la importancia de los árboles, ya que son fundamentales para el ecosistema.
Rodríguez viene de una familia de cinco hermanos, quienes tres de ellos son talabarteros, quienes han lucrado por muchos años de la profesión.