Primero lo anunció la ex presidenta Mireya Moscoso y ahora lo plantea el presidente del Partido Panameñista, Marco Ameglio.
"Para que los partidos de oposición al gobierno obtengan una victoria presidencial en el 2009 será necesario que prevalezca la unidad de los colectivos contrarios al Partido Revolucionario Democrático (PRD)", señaló Ameglio.
El dirigente le hizo un llamado al ex candidato Alberto Vallarino, para que se inscriba en un partido político y defina su postura.
"Si Vallarino quiere camarones, que se moje los pantalones, porque la victoria se logra con los votos de la población", expresó.
Ameglio afirmó que existen personas que se "visualizan como candidatos" para las próximas elecciones generales sin querer trabajar debidamente. Los diferentes colectivos opositores al gobierno presentan disputas internas.
El BNP está facultado para subrogarse en la figura de la Corporación para el Desarrollo Integral del Bayano, con el propósito de realizar todos los trámites requeridos para la recuperación del producto de la cartera morosa que se determine exista a favor de esta.
"Que subroga la Ley No. 20 de 22 de abril de 1975 que reformó ley que creó el Banco Nacional de Panamá (BNP)".
Este decreto ley busca dotar al banco de una normativa que propicie al máximo su modernización, eficiencia y competitividad, a través de la inclusión de nuevos negocios y prácticas bancarias.
Se reordenan los deberes y facultades del Gerente General y de la Junta Directiva, cuyos miembros serán nombrados a partir del 2009 en forma escalonada, lo que permitirá continuidad de la gestión administrativa, acorde con las buenas prácticas del gobierno corporativo.
Se establece, con algunas excepciones que los primeros B/.10 mil depositados por personas naturales sean insecuestrables e inembargables.
Que constituye un fideicomiso en el BNP para el cobro de la cartera de préstamos morosos que mantiene Corporación Financiera Nacional (COFINA).
Con este decreto se hace viable la extinción de esta entidad y se adoptan medidas administrativas que permitan liquidar de una manera ordenada los activos que aún se mantienen como propiedad de esta. Se faculta al BNP, previa auditoría de la Contraloría, a efectuar todas las gestiones que sean necesarias para recuperar los créditos morosos que todavía tengan como titulares a COFINA.
Que reorganiza el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI). Se redacta un texto único sobre la reorganización del MICI, con el objeto de contar con un instrumento de avanzada que permita tener en un solo documento las funciones y estructura organizativa del MICI.
Se incorpora al MICI la figura del jefe negociador, con rango de embajador plenipotenciario, quien será el encargado permanente de las negociaciones comerciales internacionales que realice la república de panamá, así como de administrar los tratados comerciales firmados por nuestro país.
Que establece normas para la protección y defensa de la producción nacional. Con la reestructuración que se hace al Ministerio de Comercio e Industrias a través del Decreto Ley 6, hace necesario a través del Decreto Ley 7 modificar la Ley 29 de 1996 en materia de comercio desleal y medidas de salvaguarda.
A través de este decreto se pretende contrarrestar prácticas de comercio internacional que ocasionan distorsiones o perjuicios; a contrarrestar los subsidios o subvenciones que conceden o aplican otros estados en perjuicio de la producción nacional.
También se establecen mecanismos o medidas que permitan dotar de flexibilidad los acuerdos de apertura comercial, a fin de compensar los posibles efectos negativos que ocasiones el aumento significativo de las importaciones.
La clasificación de las leyes tiene una jerarquía y es: Constitución, Tratados Internacionales, Leyes dictadas mediante el debido procedimiento, Decretos ley, Decretos Ejecutivos y Resoluciones Ministeriales.
(primera entrega)