A la pena máxima que se aplica en Panamá (50 años) fue condenado por el Juzgado Undécimo de Circuito, Ramo Penal de Panamá, Félix Santamaría Montenegro, por los delitos de violación carnal y robo agravado, en perjuicio de seis damas, entre 20 y 30 años de edad.
Al sujeto también se le inhabilitó de ejercer funciones públicas.
El juez de la causa, Eduardo De La Torre López, argumentó que ambos delitos fueron individualizados para cada una de las víctimas, tomando en cuenta las circunstancias de modo, tiempo y lugar, en que se dieron los hechos.
Se comprobó que estos incidentes ocurrieron en momentos en que las víctimas salían de sus casas hacia sus labores diarias en horas de la madrugada, cuando fueron atacadas con arma de fuego o arma blanca, de manera cruel y premeditada, por espacio de tres meses seguidos.
La penalización se basa en el artículo 52 del Código Penal, en el que se señala que al haber concurso de delitos, la pena de prisión máxima no excederá de 50 años.