Penas hasta de ocho años de prisión serán impuestas a los comerciantes que especulen o desabastezcan intencionalmente a los mercados de aquellos productos de primera necesidad. Eso si se aprueba en tercer debate el proyecto de reformas al Código Penal, que se discute en la Asamblea Nacional.
El documento, que ya fue aprobado en segundo debate, también aplica una sanción de 4 a 8 años de cárcel para los agentes económicos que alteren los precios de bienes o de servicios públicos o privados.
El artículo 248 del proyecto establece que quien sustraiga y retenga del mercado materias primas o productos de primera necesidad con la intención de desabastecer a un sector del mercado, de una alteración de precios de bienes o de servicios públicos o privados, perjudicando a los consumidores o usuarios, será sancionado con prisión de 4 a 8 años.
También se fijan penas de 4 a 5 años de cárcel para quien en perjuicio del consumidor, facture cantidades superiores por productos o servicios cuyos costos o precios se midan mediante dispositivos o aparatos automáticos.
La publicidad engañosa será sancionada con uno a 3 años de prisión.
En el procedimiento e investigación de este caso no sólo participa el SMN y el Ministerio Público, sino también la Dirección de Migración y la Autoridad Marítima de Panamá.