Y es que según especialistas en la materia "un auto no es más que un arma en potencia", y estar frente al volante representa una gran responsabilidad que requiere no sólo de capacidades físicas y mentales, sino que exige a las autoridades encargadas de conceder estos permisos un estricto control, de a quién se le están expidiendo.
Ya en 1996 estos permisos representaban un problema que llevaron a la presentación en la Asamblea Legislativa de una ley para regular su expedición debido a que muchos eran ilegales y existía un gran número de menores manejando el mismo.
Carlos Harris, abogado especialista en casos de tránsito, señala que en ese momento fungía como director de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) y mostró su oposición por considerar que "en lugar de crear los controles para la expedición de permisos ilegales, concedía facilidades para que más menores estuvieran en las calles aumentando los ya incontrolables problemas de tránsito que padecemos" .
Si bien los menores, de acuerdo con las estadísticas, no son los que más accidentes causan, los casos en que se ven involucrados plantean situaciones como la que se dio recientemente donde una menor atropella a una madre y a su hijo y se da a la fuga.
El otorgamiento de permisos provisionales de conducir a los mayores de 16 y 17 años está consignado en la Ley 58 del 26 de julio de 1996, catalogada como inapropiada para regular un proceso de tanta importancia.
Harris, especialista en materia de tránsito, destaca que actualmente los requisitos para dar un permiso de conducir son muy pobres. Se exige la aprobación de un examen teórico y otro práctico, además de presentar un certificado psicológico que en muchos casos es expedido por un valor de 20 balboas, sin pasar una evaluación que permita conocer si se está apto para conducir, exigencias que no garantizan que la persona está debidamente preparada para manejar un automóvil.
Investigaciones realizadas por "El Panamá América" comprueban un deterioro en los requisitos para obtener estos permisos. Anteriormente se aplicaban exámenes de la vista, oído y un test emocional que actualmente no se realizan, lo que hace necesario legislar en esta materia.
Por otro lado, las leyes para castigar a quienes causen daño en un accidente son muy leves, y no hay ninguna disposición que implique la cancelación de la licencia, aseguró el jurista.
Usualmente, una vez encontrado culpable a un menor o adulto se le inhabilita para conducir, solo por el tiempo de la condena. Harris explica que de acuerdo con el artículo 139 del Código Penal las sanciones en accidentes de tránsito son de únicamente entre 6 meses a 2 años, aunque producto del mismo haya lesionados o un muerto. Y en el caso de que hubiese un muerto y varios heridos o varios muertos, la pena es de tan solo 2 a 4 años de prisión.
Aunado a ello, las estadísticas reflejan que de aproximadamente 400 accidentes que se registran en el año donde hay víctimas, el 95% de estas personas no van detenidas.
Esto ocurre porque en el delito donde la sanción es de 6 meses a 2 años de prisión, no hay detención preventiva y cuando la pena es de 2 a 4 años existe la opción de fianza de excarcelación y en los casos donde hay condena la pena es convertible a días multa.
Esto explica por qué en el 98% de casos de víctimas fatales, los culpables no cumplen una condena sino que pagan una multa, quedando impune el delito, advierte Harris.
Efectivamente, los especialistas coinciden en la importancia del momento evolutivo que viven los jóvenes menores de 25 años. Se dice que el cóctel fatal lo constituyen la combinación de "inmadurez" e "inexperiencia".
Si bien no se puede decir que todos tienen el mismo desarrollo personal, muchos emocionalmente no alcanzan un nivel óptimo de madurez que en un momento difícil les permita tener la capacidad de responder ante ciertas circunstancias, explica el psiquiatra José Alonso.
Por la edad muchos jóvenes no tienen la madurez suficiente para afrontar una situación de emergencia frente al volante de un auto, que es un arma en potencia y quien maneja un arma debe tener la suficiente capacidad moral, anímica y emocional para utilizarla.
No es una cuestión de habilidades, asegura. Ellos se encuentran en un momento óptimo de su desarrollo físico, pero conducir un vehículo es una actividad compleja que compromete a la persona en su totalidad, física y psíquica.
Las aptitudes, teóricamente pueden ser las mejores, pero las actitudes que determinan los comportamientos al conducir no siempre son las adecuadas según los especialistas, debido a las siguientes causas:
Inestabilidad emocional. Los adolescentes se hallan en un momento de cambios profundos que generan, en ellos, inestabilidad emocional. Rebeldía adolescente. Se mueven en el mundo en la búsqueda y afirmación de su propia identidad adulta, diferente a la de sus mayores.
Influenciabilidad. La identificación con el grupo de pares es fuerte y, para muchos, determinante en el actuar.
Omnipotencia. No quieren escuchar hablar de riesgos, de precauciones, de límites, de peligro de muerte, pues creen que pueden con todo, sobrestiman sus capacidades y posibilidades.
Todos estos factores antes mencionados atentan contra la conducción segura y las actitudes de los jóvenes al volante son, muchas veces, opuestas a la seguridad vial.
Ante esta realidad se recomienda tomar las medidas correctivas para evitar que este problema se profundice, tales como:
Proporcionar mayor educación vial desde los primeros años de la educación primaria.
Hacer más severas las sanciones por accidentes de tránsito.
Contemplar indemnizaciones. En la mayoría de los casos no se indemnizan los daños y perjuicios, porque la ley no establece que para convertir la pena en días multa exista el requisito que el afectado haya sido debidamente indemnizado.
Contar con autoridades especializadas en accidentes de tránsito, ya que si bien existen fiscalías especializadas en drogas, hurto de vehículos, no contamos con autoridades especializadas en accidentes de tránsito, hecho delictivo más numeroso que se presenta con alrededor de 36 mil accidentes al año un promedio de 3 mil casos por mes de diferentes magnitudes.
Legislar para que la responsabilidad por accidentes de tránsito en lo penal sean como en lo civil donde el dueño del auto como el conductor, sea éste persona natural o jurídica, debe ser responsable por los daños causados, ya que irresponsablemente pone el vehículo en manos de un conductor que no reúne los requisitos, caso que se da mucho en el transporte publico, con las consiguientes consecuencias.