El Juzgado Segundo Penal de Circuito, especializado de Santiago de Calí, Valle del Cauca, solicitó a las autoridades panameñas investigar en Panamá a cuatro ciudadanos colombianos investigados por los delitos de enriquecimiento ilícito y concierto para delinquir.
En un exhorto remitido a la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, que fue declarado viable, las autoridades colombianas solicitan establecer la existencia de fondos pertenecientes a estas personas que estarían presuntamente ligadas con el tráfico de drogas.
Trascendió que la petición fue remitida al Ministerio Público y se comisionó al fiscal primero de Drogas, Rosendo Miranda, para que ejecute las pesquisas y determine la posible existencia de relación entre fondos depositados aquí y la investigación adelantada en Colombia.
Entre los investigados figuran cuatro colombianos de apellidos Quintero, Mojica, Chavarría y Tique, a quienes las autoridades colombianas han abierto una investigación por enriquecimiento con dinero proveniente de actividades relacionadas con el narcotráfico.
Dentro de la investigación se pretende rastrear fuertes sumas de dinero que presuntamente fueron depositadas en bancos panameños y que corresponden a cárteles de la droga colombianos con operaciones en ambos países.
Esta red podría estar relacionada con una serie de detenciones realizadas en Colombia, en donde se confiscó documentación que señala a Panamá como uno de los países usados por algunos grupos de narcotraficantes para blanquear sus dineros.
En cuanto al sistema de primarias se decidió por consenso dejar el sistema de elecciones primarias, tal cual como está en el Código Electoral, es decir, que es obligatoria para Presidente y optativa para los demás cargos de elección popular.
Se acordó que los servidores, incluyendo al presidente de la Asamblea Legislativa y a los alcaldes están entre los funcionarios públicos que deben renunciar seis meses antes de las elecciones para ser elegibles a cargos de elección popular.
Por consenso se decidió establecer sanciones morales a los partidos políticos que inscriban adherentes por medio de prebendas, por lo que cuando resulten sancionados más de cien ciudadanos por inscribirse o más de cinco como instigadores de dicha inscripción a cambio de bienes u objetos materiales, el TE ordenará la publicación de un aviso pagado de página entera en los diarios respecto a la condena al miembro del partido que recibió pago en dinero u otro bien por inscribirse.
El aviso se publicará nuevamente diez días antes de las elecciones generales. Sin embargo, la sanción moral antes expuesta no procederá en los casos en que el partido coadyuve con la sanción a los infractores.
Sobre el padrón electoral, el TE deberá publicar uno preliminar y otro final, por lo que para el primero de octubre, deberá haber concluido con el proceso de impugnaciones al Padrón Electoral Preliminar, para que los partidos políticos puedan celebrar, a partir del 15 de octubre, sus elecciones primarias para hacer postulaciones.
En torno al cuestionado tema de la apertura de libros de inscripción, el anteproyecto en su artículo 70 señala que sin perjuicio de lo establecido en el parágrafo del artículo 54, los partidos políticos reconocidos podrán iniciar la inscripción de sus nuevos miembros, tan pronto se encuentre ejecutoriada la resolución del Tribunal Electoral que les otorgó su reconocimiento.
Aclara que el proceso de inscripción se hará durante todo el año, en las oficinas y lugares que el TE designe para tal efecto.
Las reformas establecen en su artículo 166 que los partidos políticos gozarán de una línea telefónica sin cargos, con franquicia para llamadas locales, incluyendo llamadas a teléfonos celulares, en una sede permanente que tenga establecida en las cabeceras provinciales. En estas sedes partidarias, además gozarán de un descuento del cincuenta por ciento (50%) de la tarifa de la electricidad.
También se estableció que en caso de extinción de un partido político, los dineros del subsidio y los bienes adquiridos con éste, pasarán a formar parte del patrimonio del Tribunal Electoral.
La Comisión Nacional de Reformas Electorales trabajó desde el día 10 de febrero 2000 hasta el día 22 de febrero de 2001, realizando un total de 55 sesiones de trabajo, de las cuales se levantaron 45 actas.
La mayoría de las decisiones fueron adoptadas por consenso entre los representantes de los partidos políticos y sólo cinco de los 46 temas se aprobaron por mayoría, logrando un anteproyecto de ley que contiene 120 artículos.
La agenda de trabajo de esta comisión contempló 46 temas, a los cuales se le añadieron aspectos que fueron surgiendo del debate y de la inquietud del Tribunal, de los partidos políticos y los representantes de la sociedad civil.