Una demanda ante los Tribunales de Comercio por supuestas prácticas monopolísticas fue presentada por la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC), luego que el 5 de febrero de 1999 la empresa ACES interpusiera una denuncia contra las compañías COPA, AVIANCA y SAM, por el inicio de un Acuerdo Comercial de Códigos Compartidos.
La denuncia original incluía la solicitud de suspensión provisional del acuerdo y la subsiguiente investigación por presuntas prácticas monopolísticas.
Una fuente allegada al proceso reveló que inicialmente ACES presentó una denuncia contra las citadas empresas ante la CLICAC y que concluido el proceso de investigación por parte de los comisionados de esta entidad, recomendaron proceder con la demanda ante los tribunales.
Durante la investigación realizada por la CLICAC, como parte de un proceso administrativo, se determinó que efectivamente las empresas aéreas denunciadas violaron la Ley 29 de 1996, por la cual se dictan normas sobre defensa de la competencia y se adoptan otras medidas.
De encontrarse culpables a las empresas denunciadas, éstas podrían ser sancionadas con multas hasta de B/.100.000, además que deberán hacerle frente a los daños causados a raíz de la firma del acuerdo.
Debido al efecto negativo sobre la competencia, la Ley 29 dispone también una responsabilidad penal para los sancionados, lo que significa que los agentes económicos involucrados podrían ser sujetos, tal como establece el Código Penal en su artículo 379, de penas desde uno a seis años de prisión, sin perjuicio de las sanciones administrativas que se impongan. Esta es la segunda demanda por práticas monopolísticas que presenta la CLICAC ante la instancia judicial. La primera demanda fue contra las empresas harineras en diciembre de 1997.