Nación

Presidenta Moscoso puede congelar precios de la gasolina, abogados


La presidenta Mireya Moscoso puede intervenir constitucionalmente en la regulación del incremento del combustible y fijar un precio temporal en los carburante, sustentó ayer la Junta Directiva del Colegio Nacional de Abogados (CNA).
En una carta dirigida a la mandataria, los abogados le explicaron que como jefa del Ejecutivo puede ampararse en el artículo 279 de la Carta Magna que señala que "el Estado intervendrá en toda clase de empresas, dentro de la reglamentación que establezca la ley, para hacer efectiva la justicia social a que se refiere la presente Constitución".
Por medio de la aplicación de ese artículo, el Ejecutivo puede regular a través de organismos especiales las tarifas, servicios y precios de los artículos de cualquier naturaleza y, especialmente, los de primera necesidad.
Los abogados sugirieron a la mandataria que la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC) ejecute la medida.
En la misiva sostuvieron que en desarrollo del referido precepto constitucional, los artículos 242 y 243 de la Ley No. 29 de 1 de febrero de 1996, posibilitan que, excepcionalmente, el Organo Ejecutivo formule y reglamente las políticas de regulación de precios.
De esta forma, puede fijarlos temporalmente sobre determinados bienes y servicios, en aquellos casos que se restrinjan el funcionamiento eficiente del mercado o se inicien conductas monopolísticas generalizadas por agentes económicos, destacan en el documento.
La regulación sería de carácter temporal con una duración máxima de seis meses, salvo que se justifique su prórroga por períodos iguales.


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101 años de Panamá América

 
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