Nación

Presidente de la Corte no califica para Ley Faúndes


A pesar que el presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), César Pereira Burgos, llegará a la edad de 75 años el próximo mes de septiembre, no califica dentro de la llamada "Ley Faúndes", que establece el retiro definitivo de algunos servidores públicos que sobrepasen esta edad, pues el periodo de un magistrado en su cargo está reglamentado por una norma constitucional.
Debido a la pugna a lo interno de la Corte Suprema de Justicia por la reasignación de los automóviles utilizados para transportar a los magistrados, se ha especulado que se pedirá la aplicación de esta ley al actual presidente.
Sin embargo, el ex magistrado Edgardo Molino Mola explicó que no cabe la ley en este caso, ya que no se puede dejar sin efecto una norma constitucional.
"Los magistrados de la Corte tienen un periodo de diez años reglamentados en la Constitución Nacional y si permitiéramos que por una ley se pudiera afectar un periodo establecido por un acto constitucional, entonces la ley sería superior a la norma y eso no puede ser así", detalló.
Explicó que de esta forma entonces una ley podría a su "arbitrio" rebajar o aumentar el periodo que tiene un magistrado por disposición constitucional, cuando se le antoje.
Puso como ejemplo el caso del magistrado José Manuel Faúndes quien, a pesar que había llegado a la edad de 75 años, no fue retirado como lo establece la ¨Ley Faúndes¨, sino hasta los 78 años, cuando dejó la corporación de justicia.
"Al magistrado Faúndes no se le pudo aplicar esa ley y salió a los 76 ó 78 años, y lo hizo cuando quiso, porque renunció, pero no por esa ley".
Cabe señalar, que de ser desalojados los pescadores, más de 600 personas quedarían sin trabajo.


fecha edicion
old id
150582
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América