Desde ayer comenzaron a regir las facultades extraordinarias que la Asamblea Legislativa le otorgó al Presidente de la República, Ernesto Pérez Balladares, las cuales serán ejercidas mediante decretos-leyes, según lo señalado en la Constitución Nacional.
Entre los proyectos que serán reglamentados por el presidente Pérez Balladares están la transferencia de la Gaceta Oficial y los Archivos Nacionales al Registro Público.
Según documento oficial, este traspaso incluye bienes, presupuestos, derechos y obligaciones, a fin de que el Registro Público quede encargado de los documentos que deban permanecer en archivo, además de ejercer las funciones de publicar la Gaceta Oficial.
Agrega también que cabe la posibilidad que se modifique la estructura orgánica del Registro Público, incluyendo las direcciones existentes en la Gaceta Oficial y Archivos.
El Presidente a su vez tendrá el compromiso de aprobar las normas relativas a la creación de la Comisión Nacional de Valores, como entidad autónoma del Estado, con personería jurídica y patrimonio.
Tendrá la responsabilidad de regular la estructura orgánica y atribuciones de esta comisión, además de establecer los criterios para la selección y destitución del personal directivo y el período de duración de sus cargos.
Reglamentará también la creación de los tribunales de comercio, determinará su jurisdicción y competencia, establecerá la estructura orgánica de los mismos y fijará los requisitos que se deben cumplir para las personas que laborarán en éstos.
Entre otras regulaciones que efectuará el Ejecutivo, se encuentran las actividades de bienes y raíces, definidas, e indicar los requisitos que deben reunir quienes se dediquen a esta actividad.
Fomentará la creación de la Junta Técnica de Bienes y Raíces en el Ministerio de Comercio e Industrias.
Otros de los puntos que aprobará el mandatario se refieren a las disposiciones de la ley Orgánica del Servicio de Protección Institucional (SPI), que incluye principios generales, funciones inherentes a este componente de la Fuerza Pública y normas relacionadas con los principios básicos de conducta de sus miembros.
Regulará el uso de la fuerza letal y no letal y la política institucional del uso de armas de fuego, además de señalar las acciones administrativas relacionadas con los nombramientos, retribuciones, traslados ascensos, licencias, evaluaciones, capacitación, bonificación, incentivos, retiros y reintegros, renuncias, vacaciones y demás acciones sobre el personal.