Nación

Promulgan decretos ley

Denuncian que hubo cambios en artículos que atañen a las garantías fundamentales del individuo.


Alarma y preocupación provocó el nuevo decreto ley sobre el Servicio de Inteligencia promulgado ayer en Gaceta Oficial por el Organo Ejecutivo.

A pesar de que el Ejecutivo anunció que excluiría los artículos más polémicos para enviarlos a discusión de la Asamblea Nacional, modificó otros que mantienen "visos de inconstitucionalidad", según advirtieron organizaciones civiles.

El artículo 19 establece que en el cumplimiento de sus funciones, el Servicio Nacional de Inteligencia y Seguridad podrá "obtener información básica sobre las personas naturales o jurídicas. Para ello, podrá requerir de organismos e instituciones públicas y privadas la colaboración necesaria, salvo aquellas que requieran autorización judicial".

 

En este artículo no especifica qué "información básica" solicitará este estamento para "cumplir con sus funciones", por lo que Ebrahim Asvat, ex director de la Policía Nacional, teme que se retorne "a estructuras del militarismo, como las torturas y el espionaje".

A su juicio, este estamento no será para proteger los intereses del país, sino para que sus miembros tengan "licencia para matar y amenazar" a inocentes.

Vigilancia.
Pero estos decretos van más allá. En su artículo 20, señala que "los operadores de servicios informáticos y de telecomunicaciones estarán obligados a mantener, en sus archivos, los registros que identifiquen a sus clientes y los servicios prestados a las personas naturales y jurídicas".

 

También este documento muestra contradicciones, en el numeral 11, en su acápite primero indica que "se prohíbe al Servicio de Inteligencia realizar actividades que conculquen las garantías fundamentales del individuo". No obstante, señala que podrá obtener información básica de una persona cuando lo considere necesario.

En su artículo 12, el decreto no establece quiénes formarán parte de la Directiva de Inteligencia ni cómo será su selección, debido a que tendrá clasificación de acceso "restringido".

Incongruencia.
Aunque el documento crea la carrera de Inteligencia, sólo será obligatorio que el subdirector pertenezca a ella no así el director.

 

Asimismo, señala el decreto ley que uno de los requisitos del subdirector será tener un mínimo de diez años de servicio para ocupar el puesto.

Estos exigentes requisitos no serán un obstáculo para el que sea designado como director por el presidente de la República, ya que sólo se le prohíbe pertenecer a un partido u organización política.

Otro de los puntos criticados es que no existe un glosario de términos para dejar claramente estipulado a qué se refiere el documento en algunos aspectos legales que pudieran tener doble interpretación.


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401888
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América