Nación

Propaganda política, un desorden extendido

Actualmente se elabora un borrador para reglamentar la remoción de la propaganda.


No ha arrancado de lleno la campaña electoral y es visible el aumento de la propaganda política que de forma desordena se está colocando en diferentes áreas de la ciudad capital y las carreteras del país, en detrimento del ornato y la vistosidad de estos lugares.
Vallas, banderolas y paradas transformadas en escaparate publicitario son los escenarios que se observan, lo que ha llevado a que las autoridades alcaldicias de todo el país soliciten al Tribunal Electoral reglas claras sobre la colocación de pro- paganda política.
Juan Carlos Navarro, alcalde del Municipio de Panamá, sostiene que es necesario controlar y regular la colocación de propaganda indiscriminada, lo que afecta la visibilidad y ornato de la ciudad capital y los diferentes distritos del país.
En este sentido, la alcaldía capitalina mediante Decreto No. 707 ha establecido disposiciones para la colocación de propaganda electoral, a la cual deben acogerse los diferentes candidatos y partidos políticos, de acuerdo con lo que establece el Código Electoral.
Esta disposición establece los lugares donde se permite la colocación de estos anuncios. De acuerdo con la ley electoral, está prohibido fijar propaganda o avisos políticos en los edificios y monumentos públicos, coliseos deportivos públicos, sitios de interés histórico y cultural.
Además, no se puede ubicar propaganda en hospitales, colegios, iglesias, templos, el tendido eléctrico, ni los árboles, en señales de tránsito y leyendas sobre las señales de tránsito en las carreteras, calles o caminos, salvo los postes. Pero en muchos casos estas prohibiciones no se cumplen y pasan inadvertidas.
Tanto el Código Electoral como el Decreto Alcaldicio 707 prohíben la colocación de avisos, anuncios o propaganda que de alguna forma obstruyan la visibilidad mínima o pongan en peligro la seguridad vehicular de las personas.
El Código Electoral establece sanciones que van de B/. 50 a B/. 1,000 para quienes violen las disposiciones en esta materia.


Gerardo Solís, fiscal electoral, afirma que el código establece normas específicas sobre propaganda política, ya sea para las elecciones generales donde votan todos los ciudadanos o en cualquier proceso electoral interno de los partidos (primarias). En ambos casos está regulada.
Según Solís, para efectos de estas normas se considera propaganda electoral cualquier escrito, publicación o imagen que tenga el propósito de hacer proselitismo político. Este tipo de mensajes nadie los puede censurar antes de ser comunicados y están libre de impuestos, pues ningún municipio los puede gravar.
Pero recuerda que las leyes son muy claras. La propaganda debe ser colocada de forma correcta a fin de que no afecte la visibilidad y no contravenga lo dispuesto en las normas vigentes.
Para el fiscal, en los casos en que se ha denunciado la colocación inadecuada de propaganda, se han aplicado las sanciones correspondientes y se ha procedido a removerlas y ubicarlas en un lugar correcto.
El funcionario solicita al público que cuando observe irregularidades, presente la denuncia a las autoridades correspondientes para proceder a realizar las investigaciones y aplicar las sanciones.
Señala que al momento de presentarse una denuncia de esta clase, las autoridades del Tribunal Electoral deben iniciar inmediatamente una investigación de oficio. "Este tipo de caso es como el hábeas corpus, que tiene que ser resuelto lo antes posible, pues así lo señala la ley", indicó el fiscal electoral.
Explica además que para la colocación de avisos en los edificios, casas o muros de propiedad particular, será necesario tener la autorización de los administradores u ocupantes de estas estructuras, permiso que casi nunca se solicita.
Por otro lado, está prohibido colocar propaganda en las estructuras como pasos elevados, ya sean peatonales o vehiculares de propiedad estatal o municipal.
En el caso del Municipio de Panamá, de acuerdo con el decreto alcaldicio, le corresponderá a la Dirección de Ornato y Medio Ambiente inspeccionar las áreas utilizadas para colocar propaganda electoral, la que debe informar al Tribunal Electoral (TE) las infracciones cometidas a fin de que se impongan las sanciones correspondientes.
Para tal efecto, se faculta a los corregidores de policía, jueces nocturnos y a la Policía Nacional para el seguimiento y efectivo cumplimiento de las disposiciones contenidas en el decreto.
Ante el aumento desordenado de la propaganda, los alcaldes de todo el país se reunieron en días pasados con las autoridades del Tribunal Electoral, a fin de presentar una propuesta sobre la colocación de propaganda política, pues consideran necesario que se garantice la limpieza cuando culminen los torneos electorales, pues es tradicional que al pasar la euforia nadie limpia o devuelve la apariencia original a los sitios.
Los municipios deberán presentar de antemano un presupuesto para la respectiva remoción de propaganda. Igualmente, los representantes legales de los municipios y del Tribunal Electoral discutirán y elaborarán un borrador de reglamentación que establezca todas las inquietudes y propuestas de los gobiernos locales en torno a la regulación de la propaganda política. Posteriormente, el documento debe ser considerado por los magistrados.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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