Por quinta vez consecutiva, el legislador Elías Castillo, miembro del opositor Partido Revolucionario Democrático (PRD), presentó ante el pleno legislativo una propuesta de ley que pretende "encaminar la conducta" de los legisladores a través de un Código de Etica y Honor Parlamentario.
Se dispone en la propuesta que los legisladores deben comportarse siempre con honradez, transparencia, justicia, responsabilidad, mesura, discreción y seriedad de tal forma que su conducta pueda admitir la fiscalización más detallada de la sociedad.
La propuesta establece que son incompatibles con los deberes de legisladores proferir injurias, calumnias, amenazas e insultos, contra sus colegas u otras personas.
Castillo al momento de presentar el proyecto expresó que por medio de esta propuesta no se pretende "controlar, juzgar, ni sancionar" las conductas de los legisladores, pues esa es función de los tribunales.
Según el legislador, el cumplimiento del Código de Etica es voluntario y sólo establece como sanciones llamados de atención, ya sea en privado o en público para quienes violen las normas establecidas.
Indicó que por medio del Código de Etica, se pretenden corregir las actitudes de los legisladores para fortalecer los valores éticos y morales de los miembros de este órgano del Estado.
Se dispone en el Código de Etica que los legisladores y legisladoras deben adecuar su conducta pública y el ejercicio de las funciones inherentes a su cargo a lo que está dispuesto en la Constitución Nacional, las leyes vigentes y el Reglamento Interno de la Asamblea Legislativa.
Tampoco podrán incurrir en conductas que no sean compatibles con la dignidad y decoro de su investidura, ni utilizar los recursos públicos para su promoción personal o de un partido político.
Los legisladores tampoco pueden solicitar o aceptar regalos, aportes en efectivo, donaciones, dádivas o recompensas por las decisiones adoptadas en el ejercicio de sus funciones. Además, se prohíbe recurrir a dádivas o remuneraciones ilegales para lograr un favor o la benevolencia de funcionarios del Estado.