Requisitos
- Propuesta
- El artículo 8 del proyecto de ley 414 establece los requisitos para las mujeres que aspiren a formar parte del programa de “madres cuidadoras”.
- Básico
- El primer requisito para ser “madre cuidadora” es saber leer y escribir, además de tener espacio físico y condiciones sanitarias adecuadas para el cuidado de niños.
- Recomendación
- Una “madre cuidadora” debe tener la recomendación de por lo menos cinco familias de la comunidad donde reside que hagan constar el buen trato y cuidado a menores de edad.
- Capacitación
- El Estado brindará una capacitación de inducción sobre el rol de “madre cuidadora” y la corregiduría debe expedir un certificado de buena conducta.
Un proyecto de ley que promueve la creación de “hogares de cuidado diario” o casas que funcionan como guarderías se retomó ayer, después de dos años, en la Comisión de la Mujer, la Niñez, la Juventud y la Familia de la Asamblea Nacional.
La presidenta de esta comisión, Marylín Vallarino, reconoció que el documento, del cual es proponente, carece de sustento financiero y programático.
“Esto necesita un estudio. Hemos pedido al Banco Mundial para ver si nos ayudan con el estudio para poder hacerlo como un plan piloto”, aseguró Vallarino, quien añadió que tampoco se ha definido la cantidad de hogares en los que pueda implementarse una primera fase.
El proyecto fue consultado durante una hora y media por parte de los diputados de la comisión, junto a representantes de instituciones y organizaciones relacionadas con el tema, quienes intercambiaron puntos de vista sobre el proyecto de ley.
Consultas
Entre los temas que se trataron estuvo la cantidad de recursos para sufragar el subsidio que el Estado suplirá para que las mujeres que se dedican al cuidado de niños adecúen sus viviendas y se capaciten.
La viceministra de Educación, Mirna de Crespo, pidió que se deje claro la inclusión en este programa de niños de 4 a 6 años que están en edad para participar en programas que realiza el Ministerio de Educación y el Ministerio de Desarrollo Social, como prejardín y jardín de infancia.
Por su parte, Gloria Lozada de Díaz, de la Secretaría Nacional de la Niñez y Adolescencia (Senniaf), dijo que esta institución tiene “la mejor voluntad” de apoyar el proyecto, sin embargo, cree que deben consensuarse temas.
El proyecto establece en su sexto artículo cuatro categorías de hogares de cuidado, como el “hogar de cuidado diario tradicional”, en el cual se podrá atender a ocho niños de hasta seis años de edad.
También menciona la modalidad de “hogar de cuidado diario exonerado”, que consiste en eliminar el pago a padres en condición de pobreza.
Otras categorías son el “multihogar de cuidado diario”, en el cual se cuidarán hasta 30 niños en rangos de 0 a 6 años y el “hogar de cuidado diario integrado”, que incluye el cuidado de cinco infantes, de los cuales dos pueden ser menores que presenten dificultades de desarrollo.