Nación

PTJ y Policía no tienen los mismos derechos


La procuradora de la Administración, Alma Montenegro de Fletcher, estimó que los agentes de la Policía Técnica Judicial (PTJ) no califican para acogerse a la ley que regula a los miembros de la Policía Nacional, por lo que no podrían recibir los beneficios establecidos para esta institución, entre las cuales figura la jubilación especial y aumento periódicos.
Montenegro de Fletcher, al responder una consulta elevada por el director de la PTJ, Alejandro Moncada, asegura que a los miembros de esa institución no les debe aplicar la Ley No. 18 de 3 de junio de 1997, que regula la carrera policial.
Explicó que la citada legislación y sus reglamentos referentes a la carrera judicial, serán únicamente aplicables al personal juramentado de la Policía Nacional, no así a los integrantes de la PTJ que ingresan a esa institución sin presentar juramento.
Alegó que las normas reguladoras de la carrera policial establecen que todo aspirante interesado en ingresar a este sistema, estará sujeto a un período probatorio no menor de seis meses ni mayor de dos años.
Según el criterio jurídico de la PTJ, esa institución no cuenta con una carrera que establezca un sistema de administración científica de su recurso humano que, sobre la base de méritos y eficiencia, les garantice mejores condiciones laborables.


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64006
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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