El procurador encargado de la Nación, Giuseppe Bonissi, solicitó a la Corte Suprema que declare inconstitucional el segundo párrafo del Artículo 196 del Código Penal, lo que permitiría que cualquier servidor público pueda exigir sanción penal por ofensas a su honor.
Su opinión jurídica está contenida en una advertencia de inconstitucionalidad que presentó el abogado Sidney Sitton, en representación del comentarista Juan Carlos Tapia, luego de que este fue denunciado por Alfredo Prieto, secretario de Comunicación del Estado, por el delito contra el honor.
Según Sitton, “no tiene lógica que el presidente, sus ministros, diputados y magistrados no puedan exigir sanción penal por afectaciones al honor, pero sí lo pueden hacer un chofer o secretaria que, taxativamente, no están en la lista del Artículo 304 de la Constitución”. El jurista citó el Artículo 19 de la Constitución que señala que no habrá fueros o privilegios.
Sin embargo, Bonissi consideró que la norma legal que se cuestiona más que un fuero o privilegio, crea un trato desigual entre los servidores públicos no justificado.
Agregó que no protege el derecho a la honra, la imagen y la reputación de la persona, sino que establece un eximente de responsabilidad que se aplica en función de la calidad del funcionario que pueda sentirse afectado por graves ofensas al honor.
“Esta norma legal deja en total indefensión a cierta categoría de funcionarios, ya que prescinde tutelar el derecho a la honra que tiene toda persona, cuyo derecho se ha equiparado al concepto de dignidad humana”, sostuvo.
Contrario a esto, el abogado Sitton precisó que la norma impugnada deja abierta la posibilidad de que cualquier funcionario pueda exigir sanción penal contra sus detractores por supuesta ofensa al honor, “lo que rebasa el espíritu de la Ley penal que despenalizó estos delitos cuando se trate de servidores públicos”.
Le corresponde a la Corte aclarar quiénes están excluidos por mandato legal de pedir la pretensión primitiva.