La Autoridad Marítima de Panamá ordenó una reevaluación del listado de inspectores que ejecutan el servicio de inspección de Seguridad Marítima (SEGUMAR) en Nueva York, actual oficina internacional de la Autoridad Marítima de Panamá, para determinar su idoneidad para el cargo.
Un documento oficial revela que la disposición tiene como base la Ley 39 del 8 de julio de 1976, que estableció el Servicio de Inspección obligatoria para las naves de servicio exterior que naveguen bajo bandera panameña, para determinar si cumplen con las normas de seguridad que exigen las leyes y reglamentos nacionales e internacionales vigentes.
Estas inspecciones son efectuadas tanto por inspectores navales que laboran para la Autoridad Marítima de Panamá como para los que laboran fuera del territorio panameño.
La gaceta oficial N. 23,836 de ayer, viernes, destaca que con la nueva ley se asigna la reevaluación de los antiguos inspectores y la aprobación y reconocimiento de los nuevos inspectores de seguridad marítima a la Dirección General de Marina Mercante.
Indica que ningún inspector de Seguridad Marítima podrá efectuar una inspección a buques de registro panameño, sin una autorización emitida por las respectivas unidades administrativas.
Agrega que las evaluaciones de quienes apliquen para inspectores se evaluarán por una comisión técnica conformada por el subdirector general de Marina Mercante, el jefe del Departamento de Navegación y Seguridad Marítima y un inspector técnico.
Los aspirantes deberán presentar copia del certificado de competencia que los acredita como capitanes de Marina Mercante o jefe de máquinas u oficial de marina, autenticada ante las autoridades de Marina Mercante de sus respectivos países y de un notario público.
Aquéllos que aspiren a inspectores y no posean títulos de capitán o jefe de máquinas tendrán que presentar algún otro título que los acredite como profesionales del sector marítimo en el área de Arquitectura Naval o Ingeniería Naval o similares, con experiencia mínima de 5 años en su campo.
Igualmente se les exigirá prueba de excelente condición física, que deberán comprobar con un certificado médico de buena salud.
Del mismo modo aquéllos cuya lengua natal no sea el idioma inglés, deberán presentar prueba documentada de haber aprobado cursos de inglés.
Los aplicantes cuya edad sea mayor de 60 años deberán presentar exámenes de la vista, oído y condiciones cardíacas.
La lista oficial de los inspectores reconocidos será puesta a conocimiento de las unidades administrativas encargadas del Programa de Inspección de Seguridad Marítima para los efectos de ley.