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Régimen laboral para ZEE elimina derechos


El régimen laboral especial propuesto para regir en la llamada Zona Especial de Exportación, (ZEE) elimina el derecho a un descanso anual (vacaciones) de los trabajadores y otorga poderes absolutos al empleador para disponer de éste en tiempo y remuneración, advierte el Sindicato Unico de Trabajadores de la Construcción (SUNTRACS), en un documento que será presentado ante las autoridades correspondientes.
Esta observación está contenida en un extenso informe donde el SUNTRACS plantea una serie de objeciones que perjudican los derechos de los trabajadores como la que obliga a los obreros a laborar horas extraordinarias, aún cuando estén pactadas en contratos de trabajos o convenios colectivos y además propone un recargo único del 25%, eliminando las tasas pactadas en el actual Código de Trabajo.
El organismo denunció que de aplicarse una reforma en ese sentido, el trabajador pierde el derecho a recibir pagos adicionales de 50, 75, 1.50, 175 y 2.50 % en concepto de recargo por horas extras laboradas en turnos nocturnos, diurnos, días de fiesta o duelo nacional.
A juicio del gremio obrero, se destaca como primer punto que un régimen laboral especial para la ZEE, limita la aplicación general del actual Código de Trabajo.
El sector laboral denuncia en el documento que la implementación de un régimen especial, extiende de 3 a 5 las horas de período de la noche para que la jornada mixta se considere nocturna, con la clara intención de pagar menos en concepto de horas extras.
El artículo 85 del régimen especial, dice el SUNTRACS, en un análisis hecho a lo interno de la organización, permite la modificación del contrato de trabajo en cualquier momento en torno al horario para turnos rotativos; en tanto que la propuesta del artículo 87, elimina la obligatoriedad de descanso por fiesta o duelo nacional.
Igualmente el SUNTRACS denuncia que el régimen especial elimina la obligación que tiene el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), por un lado y el sindicato por otro, a través de convenciones que regulen las formas de producción, creando niveles antojadizos.
La norma agrega a las ya existentes, otras seis causales de suspensión de contratos de trabajo y el período será por el tiempo que el empleador estime conveniente sin que medie autoridad alguna en la toma de esa decisión.
El SUNTRACS sostiene que el artículo 92 de la propuesta adiciona seis motivos para terminar las relaciones de trabajo por razones económicas y, además, según el artículo 93, se deja desprotegidos a los trabajadores a cambio de una multa irrisoria a la empresa, que podrá imponerse de acuerdo al criterio de las autoridades, en este caso del MITRADEL.
El artículo 94 de la iniciativa es lesivo a los intereses de los trabajadores de nacionalidad panameña, porque aumenta de 10% que se fija en las normas laborales existentes a un 15% la cantidad de extranjeros, con la gravedad de que la autoridad podrá incrementar el número de trabajadores no panameños por encima de este porcentaje.
Con respecto a este tema, también se elimina el permiso de trabajo a los extranjeros y sólo es necesario que cuente con la visa de entrada.
A julio de 2002 la BVP negoció por arriba de los 100 millones de dólares sin embargo, a julio del 2001, el volumen negociado estuvo por debajo de los 50 millones.
Para países como Panamá, a aparte del impacto psicológico, el deterioro de la economía mundial por este evento tiene un efecto en la economía panameña en la medida que hay una contracción del comercio se ve reflejado en el Canal de Panamá, en la Zona Libre, Industrias o sea, que hay un efecto en cadena.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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