El Tribunal Electoral (TE) advirtió a los partidos políticos y candidatos a puestos de elección que queda terminantemente prohibido la colocación de propaganda electoral en edificios públicos, puentes, pasos elevados, monumentos públicos, casetas de peajes, coliseos deportivos y toda estructura de carácter público.
A través del decreto 21, el TE recalca, entre otros sitios, que en los asilos, hospitales, iglesias, templos y sitios históricos y tendidos eléctricos o telefónicos, excepto los postes, no se puede instalar ningún tipo de propaganda política.
Pero además la prohibición se extiende a árboles o cualquier otro lugar donde se podría afectar el ecosistema o medio ambiente.
También se prohíbe colocar avisos publicitarios o electorales en lugares que obstruyan la visibilidad y que puedan representar un peligro para los conductores o peatones.
Sólo se podrá fijar propaganda electoral en los edificios o estructuras de propiedad particular, pero con la previa autorización de sus dueños, administradores o quienes lo ocupen.
La institución que vela por los procesos electorales advierte a la clase política, que la propaganda que se instale en los lugares prohibidos serán retiradas por el TE en coordinación con los respectivos municipios.
Aclara igualmente que se prohíbe destruir, quitar, remover, tapar o alterar la propaganda electoral sin autorización previa del dueño hasta que concluya la elección o consulta, salvo disposición emitida por el TE.
La propaganda electoral que sea instalada en áreas de servidumbre municipal, estará exenta del trámite de permisos y pago de impuestos, tasa o gravamen nacional o municipal cuando la misma sea colocada en virtud de la existencia de un proceso electoral interno del partido correspondiente o cuando se instale dentro de los procesos electorales convocados por el TE.
Detalla que el TE tomará una foto de la propaganda que está violando esta disposición y autorizará al municipio respectivo a removerla mientras sigue con los trámites de rigor.
Concluido el proceso el organismo otorga un periodo de cinco días calendarios para que los candidatos o partidos políticos retiren la propaganda instalada. El TE también recuerda a los partidos políticos que deben comunicar oficialmente a la institución acerca del inicio y la conclusión de sus procesos electorales internos.
El organismo electoral reglamentó adicionalmente la emisión de mensajes que respeten la dignidad de la vida humana, la seguridad de la familia y las buenas costumbres.
Se hizo un llamado a los medios de comunicación para que la propaganda electoral que se publique esté respaldada por la firma y las generales de una persona responsable de manera que pueda responder en caso de litigios electorales, civiles o penales.