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Reglamento que evite acoso sexual debe ser claro


En los últimos años se ha dado un aumento en los casos de acoso sexual laboral producto de la incorporación progresiva de la mujer a las actividades de trabajo que se inició en los años sesenta y setenta, señaló el abogado Rolando Murgas Torraza.
Aclaró que aunque el acoso se deriva en gran parte de la actitud machista de los hombres, esto no quiere decir que no se den en el otro sentido, de la mujer hacia el hombre, que en los últimos años han tenido una gran incidencia.
Manifestó que esta actitud es producto de una situación de poder, donde el que tiene el mando lo utiliza para ejercerlo sobre el subordinado creando una relación de coacción e intimidación que margina al acosado.
"La relación de poder siempre favorecerá las posibilidades de acoso e igual podrá darse de hombre a mujer, de mujer a hombre, de hombre a hombre y de mujer a mujer", aclaró.
Expresó que los fallos judiciales que se han dado en torno a este tema han determinado que un solo acto de acoso sexual, constituye un delito aún cuando la víctima soporte la transgresión.
El profesor diferenció dos tipos de acoso: el sexual por chantaje, también conocido como acoso por excelencia, que consiste en que la víctima acceda mediante exigencias a la actividad sexual para poder conservar el trabajo.
Y el acoso sexual por intimidación o ambiental cuyo objetivo es coartar la libertad laboral creando un ambiente hostil que intimida mediante la solicitud de acciones libidinosas, en este caso el victimario puede ser tanto el jefe (a) como los compañeros (as).
Murgas resaltó que según la ley la responsabilidad una denuncia de acoso sexual por intimidación cometido por el superior de la empresa, podría recaer sobre la empresa misma, por deducirse que ésta conocía de la situación y no actuó para evitarla.
En Panamá la Ley de Carrera Administrativa contiene enunciados al respecto, entre los que se destacan la amonestación de acosador y la destitución, si el caso lo amerite.
El abogado dejó entrever que el vacío de esta ley radica en que mientras prohíbe y sanciona el acoso sexual laboral, no es claro en la definición del mismo término.
Un punto a favor de las víctimas es el que establece que quiénes han sufrido un acoso por chantaje, pueden renunciar por justa causa, lo que le acredita a ser remunerado de la misma forma que si fuera despedido, destacó.
"Urge establecer a nivel nacional las oficinas públicas que acojan y tramiten denuncias de acoso sexual, de la misma manera se debe lograr que la UP trabaje en las regulaciones que eviten el acoso sexual en este centro de estudios", manifestó.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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