Nación

Regulan máquinas de reciclaje


El Gobierno Nacional aprobó ayer, mediante resolución 081, el reglamento que regula la operación y posesión de máquinas de reciclaje de aluminio, vidrio y plástico que operen en el país.
Según el documento le corresponderá a la Junta de Control de Juegos (JCJ), velar por el cumplimiento de este reglamento y aplicar las sanciones previstas.
Según la nueva reglamentación los requisitos para adquirir máquinas de reciclaje de aluminio, vidrio y plástico son: certificado del Registro Público, Paz y Salvo Nacional, listado de la cantidad de máquinas y el nombre del fabricante, el plan de negocios y poder y solicitud en hoja habilitada.
El reglamento establece que las máquinas deben tener a la vista la placa del fabricante o importador, la placa del permiso de operación otorgada por la JCJ debidamente protegida y las instrucciones en español para el funcionamiento de la máquina.
La resolución indica que las personas autorizadas para operar las máquinas de reciclajes de aluminio, vidrio y plástico, podrán instalarlas en cualquier lugar de uso público, como restaurantes, supermercados, cines y lugares parecidos, pero si éstas no se encuentran previamente autorizadas por la JCJ serán decomisadas y posteriormente destruidas, sin perjuicio de sanción a los operadores.
El documento tiene como fundamento legal el decreto Ley No. 2 de 10 de agosto de 1998, que lleva la firma de la ex viceministra de Economía y Finanzas, Norberta Tejada, sub contralor, Gustavo Pérez y el ex presidente de la Asamblea Legislativa, Roberto Abrego. Indica que la autorización que expida la Junta de Control de Juegos (JCJ), para la instalación sobre las máquinas de reciclaje, son transferibles por sus titulares y advierte que no podrán ser cedidas de ninguna forma sin contar con la autorización de la JCJ.
En su titulo tercero se establece como causales de cancelación de permisos para las máquinas de reciclaje, la reiterada comisión de las infracciones, la utilización de dolo, engaño o falsedad en la obtención del permiso de explotación y el atraso injustificado en los pagos mensuales
Cualquier incumplimiento a las disposiciones establecidas serán multadas con cifras que van de B/. 1,000 hasta B/. 50,000.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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