El Ministerio Público remitió al Tribunal Electoral la denuncia que por calumnia e injuria presentó el presidente Ernesto Pérez Balladares contra la alcaldesa Mayín Correa para que esa corporación determine si procede la investigación en su contra.
El secretario general de la Procuraduría, José María Castillo reveló que ante la circunstancia de que Mayín Correa posee fuero electoral, corresponde al Tribunal Electoral determinar si procede la investigación contra ella.
Castillo detalló que el procedimiento en estos casos es el de darle parte al Tribunal Electoral como la autoridad competente para autorizar una investigación contra la alcaldesa Correa y que hasta tanto eso no se produzca cualquier diligencia en ese sentido quedarán suspendidas.
Detalló que el Ministerio Público procedió a remitir la denuncia presentada contra Correa por el presidente Pérez Balladares y que los magistrados del Tribunal Electoral deberán determinar si autorizan o no las investigación en su contra.
El funcionario judicial reveló que desde el pasado 2 de febrero del presente año entró en vigencia la protección que confiere el artículo 128 del Código Electoral a ciertos funcionarios electorales, candidatos a puestos de elección popular y a dignatarios de los partidos políticos.
El citado artículo establece que el director y subdirector general de organización electoral, a los directores provinciales y comarcales de organización electoral y los registradores electorales distritales no podrán ser detenidos o procesados sin autorización del Tribunal Electoral, excepto en caso de flagrante delito.
Lo dispuesto en el artículo 128 se aplicará durante el proceso electoral y hasta tres meses después de cerrado el mismo a los candidatos, presidentes y vicepresidentes, secretarios, subsecretarios generales, representantes de los partidos legalmente constituidos y a los candidatos independientes.
Por su parte, el exprocurador de la Nación, Rogelio Cruz reconoció ayer que la jefa de la comuna capitalina podría ser encarcelada si se comprueba que calumnió o injurió al presidente Ernesto Pérez Balladares.
A juicio de Cruz en este caso particular, la alcaldesa podría haber incurrido en una calumnia ya que aunque fuera cierto lo expresado por ella no constituye un delito para el presidente Ernesto Pérez Balladares..
No obstante dijo que si la denuncia es por injuria aunque Correa pruebe que es cierto lo que aseveró, dicha prueba de la verdad no podrá ser admitida.
Explicó que la prueba de la verdad se admite en las denuncias por calumnia, de tal manera que si la alcaldesa prueba que es verdad lo que ella dijo del presidente, se vendría abajo la querella interpuesta.
Sin embargo si no prueba que es verdad entonces ella podría ser condenada por delito contra el honor, toda vez que hizo sus señalamientos a través de un medio de comunicación social.
Destacó que las denuncia por calumnia impone una sanción un poco más grave que las por injuria, pero ambas contemplan penas de prisión.
.Por otro lado el también apoderado judicial del Partido Nacionalista Popular(PNP) afirmó que tanto lo expresado por Correa como la denuncia presentada por el presidente Ernesto Pérez Balladares tienen ribetes políticos.
Mientras el Abogado de la alcaldesa, Rafael Rodríguez manifestó que tanto Pérez Balladares como Juan Carlos Navarro Han presentado denuncias en contra de Mayín Correa porque le tienen un miedo enfermizo y porque no le pueden ganar con votos.