Así lo confirmó ayer el penalista Rogelio Cruz, tras aclarar que el delito de homicidio culposo, contenido en el Artículo 132 del Código Penal, solo podría ser aplicado de identificarse a los responsables que incurrieron en la supuesta negligencia, que cobró la vida de dos panameños.
Asimismo, sostuvo que la sanción mencionada toma en consideración las agravantes contenidas en este artículo, tales como, que el presunto delito ocurrió en el ejercicio de una profesión y que lesionó a otras personas.
El jurista Silvio Guerra explicó que de acuerdo con las pruebas que se recaben en las pesquisas, podrían desprenderse sanciones civiles, tanto para los culpables directos del hecho, como para los encargados de la limpieza del tanque séptico.
Cabe destacar que estos procesos son separados, incluso de la sanción laboral que podrá decretarse contra la empresa.