Nación

Restringen acceso a informe

Contiene la investigación sobre la golpiza a enfermos y familiares de las víctimas por envenenamiento.


El Ministro de la Presidencia clasificó como restringido el informe de la comisión creada para investigar y analizar las acciones de los agentes del Servicio de Protección Institucional (SPI) durante la represión de una manifestación de pacientes y familiares de víctimas contaminados con dietilenglicol.

Tras una petición hecha por Luis Eduardo Camacho, dirigente político, al Ministro de la Presidencia, Rubén Arosemena, para tener acceso al citado informe, se le informó que el documento mantenía un carácter restringido.

 

Camacho recibió el 22 de septiembre pasado una carta en donde se le notifica que no accesara al informe rendido por la comisión.

En su nota del 22 de noviembre, el ministro Arosemena señala a Camacho que lamenta no poder entregar el informe, por que forma parte de un expediente administrativo (información de carácter restringido) y por lo tanto no es de libre acceso al público.

Arosemena citó para sustentar su respuesta un fallo de la Corte Suprema de Justicia, fechado 23 de abril de 2002.

 

Según Camacho es lamentable que el Ministro de la Presidencia nos dé esta respuesta, la cual demuestra que además tiene asesores que no dominan la Ley de Transparencia.

Señaló que el ministro Arosemena, quien también es abogado, tampoco la domina, pero es más triste observar estas actitudes contrarias al manejo transparente, de manos de quien fue el Presidente de la Asamblea Legislativa cuando se aprobó la Ley de Transparencia.

Para Camacho, el informe de la comisión que investiga la golpiza a familiares de los fallecidos por envenenamiento con dietilenglicol, como a los enfermos, no debe ser información de acceso restringido.

 

También detalló que en caso de que lo fuese, los funcionarios de la presidencia no han seguido el procedimiento establecido en la ley para negar su entrega.

Detalló que el artículo 16 de la Ley de Transparencia señala que las instituciones del Estado que nieguen el otorgamiento de una información por considerarla de carácter confidencial o de acceso restringido, deberán hacerlo a través de resolución motivada, estableciendo las razones en que fundamentan la negación.

Camacho sostuvo que ante esta situación acudirá a la Corte Suprema de Justicia para presentar un recurso de hábeas data para exigir la divulgación del informe.

 

La semana pasada el Ministerio Público realizó una inspección a los vídeos aportados por el SPI y varias televisoras locales sobre los incidentes, para que los afectados pudiesen identificar a los agentes que participaron de la agresión.

Los familiares solicitaron al Ministerio Público la suspensión del cargo de los implicados.

Durante la diligencia varios de los pacientes lograron identificar a los agentes del SPI que aplicaron golpes y llaves de lucha a los participantes de la manifestación.

El Comite de Pacientes por el Derecho a la Salud y la Vida solicitó en esa ocasión al Presidente de la República que incluyera en el listado de personas que deben ser indemnizadas, a un grupo de 120 nuevos pacientes que han presentado síntomas y que no están recibiendo ayuda para sus medicamentos.

De acuerdo con Gabriel Pascual, vocero del comité, aseguró que existe una gran cantidad de personas afectadas por el diteilenglicol que no han sido reconocidas por las autoridades y que requieren ayuda urgente.

Pascual manifestó que algunos pacientes han perdido sus trabajos y tienen dificultades para movilizarse y recibir tratamiento.


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304554
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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