UNA DE las principales tareas para la Asamblea Nacional será la revisión de Ley General de Sueldos, la cual es considerada como impostergable tanto para la dirección de Carrera Administrativa, como para los servidores públicos y diputados.
Arnulfo De León, director de Carrera Administrativa, indica que existe una mora en la ley desde 1994, cuando fue creada, porque hay un desorden en las estructuras de personal público.
Explicó que cuando se crean las posiciones dentro del sector público se hacen bajo criterios no tan científicos. Si ahora se quiere crear una posición de manera antojadiza se crea también el salario de ese cargo.
Sin embargo, si contáramos con la Ley General de Sueldos, ningún cargo que se cree pudiera hacerse si no es por el monto que establece la norma para cada cargo, indicó.
Al respecto, el secretario general de la Federación de Servidores Públicos, Alfredo Berrocal, indicó que para que la Carrera Administrativa sea funcional, requiere dos complementos esenciales: que vaya aparejada a una Ley General de Salarios y que otorgue a cada puesto un valor, con fundamento en el principio universal a igual trabajo, igual salario.
Considera que esta mora es una de las discriminaciones más infames que hay en todo el sector y advierte la importancia de que el Estado aplique políticas como ocurre en Colombia y Costa Rica, para ajustar los salarios atendiendo al crecimiento de la inflación.
Por su parte, el diputado Leandro Avila, presidente de la Comisión de Trabajo de la Asamblea Nacional, dijo que al iniciar las sesiones pedirá que entre los primeros proyectos de ley esté el de Carrera Administrativa. Considera que la Ley General de Sueldos es un tema arduo y difícil porque hay una distorsión en la administración pública.
Y es que sin las sentencias para la Comisión es imposible saber dónde están los bienes que le son traspasados. De allí, que se haya tenido que recurrir a instalar una base de datos, en donde entre las más recientes se han recibido 11 sentencias del año pasado, aunque hay unas que datan de los años 1995 y 1996, y que sólo ahora son notificadas a CONAPRED. Esto no es todo, los funcionarios de la Comisión han tenido que ir a los Juzgados y buscar sentencia por sentencia; una función que no tendría que hacer.
Lo cierto es que la oficina recibe ahora más sentencias de los jueces, pero muy pocas de parte de los fiscales.
Hay otro aspecto que subsanar. En las sentencias, con algunas excepciones, no se detalla la ubicación ni se describen los bienes que pasarán a la Comisión; esto hace más difícil la labor de localizarlos y disponer de ellos. Peor aún, cuando se les notifica muchos años después de la sentencia de un caso.
En opinión de la secretaria ejecutiva de CONAPRED, una vez se incaute un bien, se debe tomar automáticamente todo y describirlo; lo que les da la garantía de que cuando se tenga que recurrir a ese bien, sea ese el fue descrito con anterioridad. Esta situación también plantea un problema para quienes tienen a su cargo la custodia del bien, porque les complica el trabajo de localización cuando ha transcurrido mucho tiempo.
A la pregunta de ¿cuánta chatarra tiene CONAPRED?, Marré contestó con otra interrogante ¿ubicadas? No obstante, destacó que afortunadamente la chatarra está cotizada y se han ido vendiendo a B/. 25.00, según establecen los avalúos.
En el 2001 CONAPRED hace un acuerdo de venta de bienes utilizando lo que plantea la Ley 56 de contrataciones públicas. Se realiza un avalúo del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Contraloría, luego se identifica el valor del bien. Dependiendo de él, se realiza el acto público de venta, ya sea directa, solicitud de precio o licitación.
Por lo general, apuntó Marré, se hace la venta por solicitud de precio o venta directa tipo subasta, publicando en los medios impresos o Internet la convocatoria, para poder tener mayor participación.
Cabe señalar que en lo que va del año todavía no se han realizado subastas, porque se está a la espera de los avalúos de unos 32 vehículos, dos apartamentos y una embarcación.
El año pasado CONAPRED logró en sus ventas por subastas B/. 20,351.55, de 17 bienes traspasados por los juzgados. Nueve de los cuales ya eran vehículos chatarra, lo demás: una finca, una embarcación y seis vehículos en mejores condiciones.
Los dineros comisados u obtenidos de remates de bienes constituirán un fondo destinado a las campañas y programas de prevención, rehabilitación y represión de los delitos relacionados con drogas.
La Ley 23 de 30 de diciembre de 1986, reformada por la Ley N°. 13 de julio de 1994 crean y regulan las funciones de CONAPRED.