La Contraloría determinó exceptuar del control previo a los ministerios de Salud y Obras Públicas en el manejo de fondos, recursos y bienes públicos.
Por tal motivo, sus actos administrativos podrán realizarse sin fiscalización y sin el control previo de la Contraloría.
La decisión de la jefa de las finanzas públicas, Gioconda de Bianchini, fue promulgada en Gaceta Oficial.
Según la resolución, el artículo 280 de la Constitución establece la obligatoriedad de la Contraloría para ejercer esta función y, al mismo tiempo, otorga la facultad para levantarla.
El decreto estipula que la administración de los dos ministerios será la responsable del manejo de los fondos y estará en la obligatoriedad de responder por ello.