Sancionarán con $500 a "chivas parranderas" que incumplan decreto alcaldicio
Los corregidores podrán abordar los vehículos, con la finalidad de fiscalizar, verificar y garantizar el fiel cumplimiento de dicho decreto.
La Alcaldía de Panamá informó este viernes 24 de agosto, que aquellas empresas propietarias de chivas parranderas que violen el número 2787 del 13 de agosto de 2012, que regula estas actividades recreativas, se les sancionará con 500 dólares o se les suspenderá el servicio de manera definitiva.
Entre los reglamentos que contempla el decreto se encuentra la prohibición del ingreso a las "chivas parranderas" a menores de edad, cuando se encuentren bebidas alcohólicas, el tránsito por las zonas residenciales destinadas a la localización de viviendas y el uso y colocación de equipos de sonido, videos o de diversión de cualquier naturaleza que produzcan ruidos que sobrepasen los límites establecidos por las legislaciones que regulan la materia.
Según un comunicado, los corregidores podrán abordar los vehículos, con la finalidad de fiscalizar, verificar y garantizar el fiel cumplimiento de dicho decreto.
Además, las empresas que prestan el servicio de chivas parranderas o similares, que se encuentren operando únicamente con aviso de operación expedido por el sistema Panamá Emprende del Ministerio de Comercio e Industrias, tendrán un plazo de 60 días para solicitar los permisos correspondientes de acuerdo a lo establecido en el presente decreto.