La Coordinadora Nacional de Organizaciones Cívicas de Santeños (CNOCS) desafió ayer al gobierno perredista, tras señalar que continuarán conmemorando los días 10 y 28 de noviembre en la fecha correspondiente, contrario a lo establecido en el Decreto de Ley por el cual se modifica el descanso obligatorio.
La CNOCS rechazó el Decreto de Ley No.8 del 2 de julio de 1997, por medio del cual se modifica el descanso obligatorio correspondiente a los días de fiesta o de duelo nacional, establecidos en el artículo 46 del Código de Trabajo.
Es importante destacar que el Consejo de Gabinete transfirió el "descanso obligatorio" de los días 9 de enero, 1 de mayo, 10 y 28 de noviembre y 8 de diciembre de cada año para el lunes anterior o posterior a la fecha señalada.
De acuerdo a la CNOCS, la medida de transferir las fechas no se justifica por el interés de promocionar el turismo local, incentivar la economía y facilitar espacios de unión y esparcimiento para la familia panameña.
Asimismo expresó la CNOCS su profunda preocupación, pues para la elaboración del "Decreto de Ley No. 8" no se consultó a las "fuerzas vivas" de este país, a fin de preservar la cultura popular y la identidad nacional.
Advirtió que los buenos propósitos de la ley No.8 no se ajustan a la radical transformación introducida en la celebración de fechas cimeras frente al sentimiento y la conciencia histórica de la nación panameña.
La triste y desolada conmemoración del 9 de enero de 1998 supera cualquier argumento y demuestra lo inoportuno que resulta el Decreto Ley NO.8, según la CNOCS.
De igual manera, la discriminación que impone el Decreto Ley No.8 en relación al "Grito de la Villa de Los Santos" y de la "Independencia de España" refleja un inexcusable desconocimiento de la importancia de la historia patria.
Por lo anterior, la CNOCS solicitó la derogatoria absoluta del Decreto Ley No.8 de 2 de julio de 1997.