Considera que el nuevo contralor debe manejarse sin permitir la injerencia de otros órganos del Estado en sus funciones, es decir, que no esté ligado al Gobierno.
Jaén critica el actual sistema para nombrar al contralor y al sub contralor, y sugiere buscar un mecanismo de selección, en donde haya mayor participación ciudadana para hacer esta asignación más transparente.
"Es imperante y urgente proceder a una depuración y reingeniería de la institución", según Enrique de Obarrio, presidente de la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresas (APEDE).
Considera, además, que quienes tengan la obligación de administrar la justicia, aplicar la ley y fiscalizar los fondos públicos, deben reunir las más altas cualidades académicas, profesionales y sobre todo personales, todas de reconocida integridad e imparcialidad.
"Actualmente, se percibe que la Contraloría no ha ejercido la fiscalización proactiva, oportuna y objetiva, como lo exige la ley".
"Debe ser una persona con solvencia moral e intachable, y que no venga de un partido político o que no haya estado en él durante los últimos cinco años", sugiere Angélica Maitín, directora ejecutiva de Transparencia Internacional.
Otra de sus sugerencias es que este funcionario se maneje apolíticamente, porq ue "lo último que se quiere es que el candidato esté comprometido con un partido político".
"Tiene que ser un candidato lo más imparcial posible, de probada independencia y experiencia para que pueda colaborar con el buen manejo de las finanzas públicas".
"El nuevo contralor debe tener el conocimiento de lo que va hacer y un alto grado de honorabilidad", según Saúl Méndez secretario del Sindicato Único de Trabajadores de la Construcción (SUNTRACS).
"Hay que tener en cuenta que el contralor no sea miembro de ningún partido, ni esté vinculado a ellos", explica, al tiempo que afirma que esto no permite desarrollar la supervisión de los fondos públicos y el control previo que se requiere.
"Por lo general, se nombra a un miembro del partido gobernante, quien renuncia días antes a su colectivo, pero mantiene la afinidad".
Es tarea de la Asamblea Nacional nombrar al contralor y sub contralor de la República, según el numeral 5 del artículo 16 de la Constitución.
Cualquier diputado propone en una sola papeleta al candidato para contralor y sub contralor.
Los proponentes sustentan la candidatura, una vez y por tres minutos.
Se somete a votación cada nómina o candidato, proclamando al que logra la mayoría absoluta de votos.
De no obtenerse la mayoría absoluta, se hace una nueva elección entre los dos más votados, declarando electo al que logre más de la mitad de los votos.